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¿Qué puedes hacer si no te pagan las utilidades el 30 de mayo?

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho que se establece en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y que de incumplirse con esta obligación, los patrones pueden recibir sanciones económicas

MÉXICO.- Todos los trabajadores que tienen un patrón, tienen derecho al reparto de utilidades, el cual debe efectuarse a más tardar el 30 de mayo si el empleador es una persona moral y el 29 de junio, si es persona física.

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho que se establece en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y que de incumplirse con esta obligación, los patrones pueden recibir sanciones económicas.

¿Quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades?

Según información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), las siguientes personas no tienen derecho a la PTU:

  • Directores, administradores y gerentes generales de la empresa
  • Socios o accionistas de la empresa
  • Trabajadores eventuales que laboraron menos de 60 días en el año al que corresponden las utilidades
  • Profesionistas, técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado
  • Las trabajadoras del hogar

¿Qué pasa si no cumplen con el reparto de utilidades?

Si el patrón, que sea persona moral, no cumple con el reparto de utilidades el 30 de mayo, que es la fecha límite, los trabajadores pueden solicitar orientación con las autoridades.

Los colaboradores pueden comunicarse a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), a los teléfonos 800 717 2942 o al 800 911 7877, o enviar un correo a la dirección: orientacionprofedet@stps.gob.mx.

También se pueden comunicar a la dirección general de Inspección Federal del Trabajo al teléfono 55 3067 3000, a las extensiones 65388 y 65338 o contactarlos mediante el correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.

En caso de que un patrón incumpla con su obligación, puede recibir una sanción económica de entre 50 y hasta 5 mil días de salario mínimo, que serían entre 12 mil 446 pesos y 1 millón 244 mil 650 pesos.

La ley establece que los trabajadores tienen hasta un año para reclamar el pago de las utilidades.

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