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Consar: ¿Qué documentos debes presentar ante la Afore si eres beneficiario de trabajador?

La Consar ha detallado claramente los pasos y documentos necesarios para que los beneficiarios de trabajadores fallecidos puedan acceder a los recursos de la cuenta Afore

Consar: ¿Qué documentos debes presentar ante la Afore si eres beneficiario de trabajador?

MÉXICO-. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) ha aclarado, mediante sus canales oficiales, el procedimiento que deben seguir los beneficiarios cuando un trabajador titular de una cuenta Afore fallece.

Los recursos de la cuenta Afore se heredan a los beneficiarios designados, quienes pueden disponer de estos fondos bajo ciertos requisitos y pasos específicos.

Pasos para realizar el trámite

Para disponer de los recursos de la cuenta de un trabajador fallecido, los beneficiarios deben seguir estos pasos:

  1. Obtener resolución de pensión:
    Si eres beneficiario legal, acude a la Subdelegación del IMSS para que te emita la Resolución de pensión correspondiente.
  2. Acudir a la Afore:
    Dirígete a la Afore en la que estaba registrado el trabajador fallecido con los documentos que te acrediten como beneficiario.
    Llena el formato de Disposición de Recursos que te proporcionarán en la Afore.
  3. Disponibilidad de recursos:
    Una vez procesada la solicitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos en una sola exhibición correspondientes al régimen pensionario.
Documentos necesarios

Para realizar el trámite, los beneficiarios deben presentar los siguientes documentos ante la Afore:

  • Acta de defunción del trabajador (original).
  • Identificación oficial del beneficiario.
  • Documentos que acrediten la calidad de beneficiario, que pueden incluir:
    Acta de nacimiento (en caso de tener hijos menores de edad).
    Acta de matrimonio (en caso de ser viudo).
    Resolución, Concesión de Pensión, Laudo que declare la calidad de Beneficiario o documento que acredite el concubinato.
Recursos a entregar

Dependiendo de la Ley del Seguro Social bajo la cual estaba el trabajador, los recursos que se entregan pueden variar:

A) Pensión por la Ley del Seguro Social 73:

  • Retiro 97: Recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha.
  • Vivienda 97: Recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997 a la fecha.
  • SAR 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.
  • Vivienda 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.

B) Pensión por la Ley del Seguro Social 97:

  • SAR 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.
  • Vivienda 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.

En caso de no tener derecho a una pensión, se entregará la totalidad de los recursos en una sola exhibición.

La Consar ha detallado claramente los pasos y documentos necesarios para que los beneficiarios de trabajadores fallecidos puedan acceder a los recursos de la cuenta Afore.

Este proceso asegura que los fondos ahorrados por los trabajadores lleguen a sus seres queridos, cumpliendo así con su propósito de apoyo financiero en situaciones difíciles.

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