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Afore de Banco Azteca: La desconocida ayuda por matrimonio de la institución de Ricardo Salinas Pliego

La Ayuda por Matrimonio de Afore Azteca permite a los trabajadores realizar un retiro parcial de su Cuenta Individual para cubrir gastos de matrimonio.

Afore de Banco Azteca: La desconocida ayuda por matrimonio de la institución de Ricardo Salinas Pliego

CIUDAD DE MÉXICO.-En México, muchos trabajadores desconocen que pueden acceder a un retiro parcial de su Afore como apoyo para gastos de matrimonio. Esta opción, disponible a través de Afore Azteca de Banco Azteca, una de las administradoras de fondos para el retiro propiedad del multimillonario Ricardo Salinas Pliego, ofrece una ayuda financiera que puede ser de gran utilidad en momentos de celebraciones importantes.

¿Qué es la Ayuda por Gastos de Matrimonio?

La Ayuda por Matrimonio es un retiro parcial de recursos de tu Cuenta Individual en una Afore, al cual tienes derecho solo una vez en el concepto de matrimonio.

Esta ayuda ha tenido diferentes formas de cálculo a lo largo de los años:

  • Hasta 2016: Equivale a 30 días de Salario Mínimo General Vigente a la fecha de celebración del matrimonio.
  • A partir de 2017: Se calcula como 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a la fecha del matrimonio.

Requisitos para solicitar la Ayuda por Matrimonio

Para poder acceder a esta ayuda, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar registrado en Afore Azteca.
  • Contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas a partir del 1 de julio de 1997.
  • Haber contraído matrimonio después del 1 de julio de 1997 y tener las semanas de cotización requeridas hasta la fecha del matrimonio.
  • Estar vigente ante el IMSS o, en caso de baja, el matrimonio debe haberse realizado dentro de los 90 días hábiles siguientes a la baja.
  • Tener el Expediente Electrónico actualizado. Si no lo está, debes acudir a uno de los Asesores de Afore Azteca para actualizarlo.

Cabe destacar que, a diferencia del retiro por desempleo, la Ayuda por Matrimonio no descontará semanas de cotización al realizar el trámite. Sin embargo, los recursos que se retiren se descontarán de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

Pasos para solicitar la Ayuda por Matrimonio

1.-Reúne los documentos necesarios:

  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de matrimonio.
  • Estado de cuenta del banco a tu nombre, con la cuenta CLABE donde se depositarán los recursos.

2.-Visita una sucursal de Afore Azteca:

  • Acude con uno de los asesores que revisará tus documentos y solicitará al IMSS la Certificación del Derecho.

3.-Generación de solicitud:

  • Cuando Afore Azteca reciba la respuesta favorable de la certificación solicitada al IMSS, el asesor generará una Solicitud de Disposición de Recursos.

4.-Depósito de los recursos:

  • Los recursos se depositarán en un plazo máximo de 5 días hábiles posteriores al inicio de la solicitud.

Monto de la yuda por Matrimonio

El monto de la ayuda por matrimonio varía dependiendo del año en que se realizó el matrimonio:

  • 1997: $793.50
  • 1998-1: $906.00
  • 1998-2: $1,033.50
  • 1999: $1,133.50
  • 2000: $1,137.00
  • 2001: $1,210.50
  • 2002: $1,264.50
  • 2003: $1,309.50
  • 2004: $1,357.20
  • 2005: $1,404.00
  • 2006: $1,460.10
  • 2007: $1,517.10
  • 2008: $1,577.70
  • 2009: $1,644.00
  • 2010: $1,723.80
  • 2011: $1,794.60
  • 2012: $1,869.90
  • 2013: $1,942.80
  • 2014: $2,018.70
  • 2015: $2,103.00
  • 2016: $2,191.20
  • 2017: $2,264.70
  • 2018: $2,418.00
  • 2019: $2,534.70
  • 2020: $2,606.40
  • 2021: $2,688.60
  • 2022: $2,886.60
  • 2023: $3,112.20

¿Qué controversias ha tenido Banco Azteca con AMLO?

Este año, Banco Azteca ha estado en el centro de una controversia relacionada con una presunta deuda de 1,780 millones de pesos que debería al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), resultado de la reforma laboral de 2020. Esta deuda sería por el incumplimiento de devolver los fondos de las Afores, con el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) criticando públicamente a la institución por su presunto bajo nivel de restitución.

El director del IMSS, Zoé Robledo, ha señalado que Banco Azteca ha devuelto solo una mínima parte de la cantidad adeudada. Esta situación ha llevado a una crítica generalizada hacia las Afores, con acusaciones de no reintegrar más de 40 mil millones de pesos de cuentas de pensiones inactivas.

Cabe mencionar que con la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, Afore Azteca aparentemente se vio obligada a regresar dichos recursos para integrarlos a un fideicomiso.

Fondo de Pensiones para el Bienestar

El Fondo de Pensiones para el Bienestar fue creado para complementar las pensiones de personas de 65 años o más que han cotizado en el IMSS o ISSSTE desde el 1° de julio de 1997. Este apoyo se integra automáticamente al iniciar el trámite de pensión ordinaria y no requiere trámites adicionales.

Requisitos:

  • Iniciar el trámite ordinario de pensión.
  • Entregar la documentación requerida en la ventanilla más cercana al domicilio.

Puntos de Atención:

  • IMSS: 1,537 ventanillas en Unidades de Medicina Familiar y Subdelegaciones.
  • ISSSTE: 35 ventanillas en oficinas estatales y regionales.
  • Beneficiarios: Principalmente trabajadores que alcanzan los 65 años y solicitan su pensión con un monto igual o menor a $16,777.68, ajustado por inflación.

Documentos requeridos para solicitar la pensión en el IMSS:

  • Solicitante: Identificación oficial, documento bancario con CLABE, acta de nacimiento.
  • Esposa(o): Identificación oficial, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, acta de matrimonio.
  • Concubina(rio): Identificación oficial, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, resolución judicial o acta de nacimiento de hijos en común.
  • Hijo(a): Identificación oficial, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, constancia de estudios o dictamen de incapacidad.
  • Ascendiente(s): Identificación oficial, comprobante de domicilio, acta de nacimiento, constancia de vigencia como persona beneficiaria o resolución judicial de dependencia económica.

Semanas requeridas para pensionarte

  • 2022 - 775 semanas requeridas
  • 2023 - 800 semanas requeridas
  • 2024 - 825 semanas requeridas
  • 2025 - 850 semanas requeridas
  • 2026 - 875 semanas requeridas
  • 2027 - 900 semanas requeridas
  • 2028 - 925 semanas requeridas
  • 2029 - 950 semanas requeridas
  • 2030 - 975 semanas requeridas
  • 2031 - 1000 semanas requeridas

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