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La CFE no te puede cortar la luz de manera automática, y estas son las razones

La protección de tus derechos en relación con el servicio eléctrico está claramente establecida en la ley y en el contrato que mantienes con la CFE.

La CFE no te puede cortar la luz de manera automática, y estas son las razones

En México, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) es la entidad encargada de proporcionar el servicio eléctrico a millones de hogares. Sin embargo, es común que surjan dudas sobre las condiciones bajo las cuales la CFE puede cortar el suministro de energía. Karim Hadad, experto en temas de la CFE, explica detalladamente por qué la CFE no puede cortar la luz de manera automática y cuáles son tus derechos en este proceso.

  1. Derecho constitucional a la energía eléctrica
  • Según el artículo cuarto de la Constitución Mexicana, todos los ciudadanos tienen derecho a una vivienda digna, que incluye acceso a servicios básicos como la energía eléctrica. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, alineada con tratados internacionales, interpreta que este derecho a una vivienda digna debe garantizar el acceso continuo a la electricidad. Por lo tanto, la CFE no puede cortar el servicio de manera inmediata sin seguir un proceso establecido.
  1. Proceso de aviso y plazo de pago
  • En caso de que no pagues tu recibo de electricidad a tiempo, la CFE no puede proceder al corte del servicio automáticamente. La ley establece que, antes de realizar cualquier suspensión, la CFE debe enviarte un aviso de atraso y otorgarte un plazo de 30 días naturales para que puedas regularizar tu pago. Esta medida protege tu derecho constitucional a mantener el servicio y evita cortes inmediatos que podrían ser injustos.
  1. Cláusulas del contrato con la CFE
  • El contrato que firmas con la CFE incluye cláusulas que protegen tus derechos como usuario. Según la cláusula quinta, inciso d, el suministrador de servicios básicos (CFE) tiene derecho a suspender el suministro solo después de 30 días naturales desde la fecha límite de pago indicada en tu recibo. Esta disposición refleja el principio de dar un período razonable para que puedas pagar antes de tomar acciones drásticas.
  1. Revisión de equipos de medición
  • La CFE también puede realizar revisiones a tus equipos de medición para verificar posibles irregularidades. Sin embargo, este proceso debe seguir un procedimiento administrativo específico detallado en el artículo 110 del reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica. Esta normativa requiere una orden de visita formal con todos los detalles necesarios y permite que estés presente durante la revisión, acompañado de testigos, abogados y peritos.

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  1. Derecho a la defensa
  • Durante una revisión de equipos de medición, tienes el derecho de estar presente y defenderte de cualquier presunta irregularidad que se pueda encontrar. Puedes presentar testigos y ofrecer evidencia que demuestre que cualquier problema no fue causado por ti. Después de la revisión, la CFE debe otorgarte 10 días hábiles para responder a cualquier ajuste de facturación antes de tomar medidas adicionales.
  1. Convenios de pagos
  • Si enfrentas dificultades económicas, la ley y el contrato te garantizan el derecho a solicitar convenios de pago. La CFE debe ofrecerte opciones de pago para que puedas regularizar tu deuda sin que te corten el suministro eléctrico. Estos convenios son parte de tus derechos y no deben considerarse como un favor de la CFE, sino como una obligación legal de la empresa.

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