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SAT podría multarte con hasta más de 11 mil pesos, si no cumples con este trámite en 2025

A partir de 2025 todos los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), deberán tener activo el Buzón Tributario, que es el medio de comunicación que utiliza el SAT para notificar

MÉXICO.- Una de las obligaciones que se tienen como contribuyente, es la activación del Buzón Tributario, y en caso de incumplimiento, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), podría sancionarte con hasta 11 mil 500 pesos.

A partir de 2025 todos los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), deberán tener activo el Buzón Tributario, que es el medio de comunicación que utiliza el SAT para notificar.

¿Quiénes tienen la opción de no activar el Buzón Tributaria?

Según la autoridad tributaria, los únicos que tienen la opción de habilitar el buzón son:

  1. Contribuyentes con ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior, menores a 400 mil pesos
  2. Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o suspendidos
  3. Personas morales que estén en el RFC como suspendidos

Consecuencias de no activar el Buzón Tributario del SAT

Según la autoridad fiscal, al no habilitar el Buzón Tributario o señalar medios de contacto erróneos o inexistentes, conforme a lo establecido por el artículo 17-K, del Código Fiscal de la Federación vigente, se pueden recibir sanciones económicas.

Se entenderá que te opones a la notificación y la autoridad puede enviarte actos administrativos o resoluciones por otro canal de notificación conforme a lo señalado en el artículo 134, fracción III del Código citado. Además, se configura una conducta infractora”, aclara el SAT.

También es posible la aplicación de una sanción económica de entre 3 mil 850 pesos y 11 mil 540 pesos, por no habilitar el Buzón Tributario, no registrarlo o no actualizar los medios de contacto.

Así puedes habilitar el Buzón Tributario

  • Ingresa a www.sat.gob.mx
  • En la parte inferior izquierda de la pantalla aparecerá un botón para ingresar al minisitio del Buzón Tributario, el cual se debe seleccionar
  • Al ingresar aparecerá en el lado superior derecho un botón “habilita tu buzón”
  • Para tener acceso es necesario ingresar con el RFC y contraseña, captar el código captcha y seleccionar el botón “enviar”
  • También se puede ingresar con la e.firma, para lo que deben enviarse los archivos .cer, .key, clave privada
  • Aparecerá una pantalla donde se deberán ingresar datos como: Correo electrónico y número de teléfono celular, que después de llenarlos, deberás elegir el botón “continuar”
  • Si los pasos se siguieron con éxito, aparecerá una pantalla con la fecha, folio y hora de registro y deberás dar clic en el botón “imprimir acuse”
  • En cada uno de los medios registrados, llegará un aviso de confirmación y al teléfono celular llegará un mensaje SMS con un código de confirmación que tendrá una duración de 72 horas para confirmarse
  • Deberás ingresar nuevamente al Buzón Tributario y dar clic en el botón de configuración y capturarlo y seleccionar el botón “aceptar”
  • Posteriormente recibirás nuevamente un correo y mensaje donde se confirmará la activación exitosa de los medios de contacto
  • Al final deberás ingresar nuevamente al Buzón Tributario, para revisar la bandeja de entrada, donde podrás descargar el acuse que confirma el registro exitoso

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