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¿Me van a descontar aguinaldo en diciembre si me incapacité este año? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Esta prestación debe pagarse antes del 20 de diciembre y según la Ley Federal del Trabajo (LFT), el monto debe ser el equivalente a por lo menos 15 días de trabajo

¿Me van a descontar aguinaldo en diciembre si me incapacité este año? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

MÉXICO.- El aguinaldo es una prestación a la que tienen derecho todos los trabajadores que hayan prestado sus servicios durante un año, o a un equivalente si laboraron por menos tiempo.

Esta prestación debe pagarse antes del 20 de diciembre y según la Ley Federal del Trabajo (LFT), el monto debe ser el equivalente a por lo menos 15 días de trabajo.

Actualmente los legisladores discuten la posibilidad de aumentar de 15 a 30 días de salario el pago del aguinaldo, pero mientras no se apruebe y se publique en el Diario Oficial de la Federación, se mantendrá en los 15 días.

¿Los trabajadores que laboraron menos de 1 año, tienen derecho al aguinaldo?

Según la ley, los empleados que a la fecha de pago del aguinaldo no hayan cumplido con el año de servicio, tendrán derecho a recibir un proporcional del monto que les correspondería por el año de trabajo.

Incluso si un empleado fue eventual, la ley no establece ninguna distinción y deberá recibir esta prestación.

Aunque los trabajadores se incapaciten tienen derecho a recibir de aguinaldo, el equivalente a 15 días de trabajo

¿Se puede descontar aguinaldo por incapacitarse?

Los trabajadores que se hayan incapacitado, ya sea por maternidad, paternidad, o por sufrir un accidente de trabajo, igualmente tienen derecho a recibir aguinaldo antes del 20 de diciembre.

La LFT indica que los periodos pre y postnatales deben ser considerados como días de trabajo para el cálculo del aguinaldo.

También se considera que los trabajadores que tuvieron una incapacidad temporal por algún accidente de trabajo, están activos, por lo que tienen derecho a recibir de esta prestación el equivalente a los 15 días de trabajo.

En caso de que un empleado no reciba esta prestación, puede reclamar el pago correspondiente hasta un año después de la fecha en la que debía recibir su dinero.

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