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SAT: ¿Quiénes están obligados y quiénes no a activar el Buzón Tributario en 2025?

La obligación de activar el Buzón Tributario, de acuerdo con la autoridad fiscal, es para todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), aunque hay excepciones

SAT: ¿Quiénes están obligados y quiénes no a activar el Buzón Tributario en 2025?

MÉXICO.- A partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes que no activen el Buzón Tributario podrían ser sancionados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con hasta por 11 mil 540 pesos.

La obligación de activar el Buzón Tributario, de acuerdo con la autoridad fiscal, es para todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), aunque hay excepciones.

Estos contribuyentes no están obligados a activar el Buzón Tributario del SAT

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas
  • Personas morales que ante el RFC estén con situación fiscal suspendidos
  • Personas físicas y morales que estén ante el RFC con situación fiscal de cancelados
  • Personas físicas que tributen bajo el Régimen de Ingresos por Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, que hayan obtenido ingresos menores a 400 mil pesos, en el ejercicio inmediato anterior
Algunos contribuyentes no están obligadas a activar el Buzón Tributario

Las consecuencias de no activar el Buzón Tributario

Una de las consecuencias de no activar el Buzón Tributario, es recibir una sanción económica de entre 3 mil 850 y 11 mil 540 pesos, por parte del SAT.

Además, la autoridad fiscal indica que si no se hace esto o se señalan medios de contacto erróneos o inexistentes, se entenderá que el contribuyente se opone a la notificación y se puede configurar una conducta infractora.

Según información del SAT, no activar el Buzón Tributario también puede causar la restricción temporal del Certificado de Sello Digital, en caso de que se señalen medios de contacto que no sean correctos o auténticos.

Activar el Buzón Tributario es una obligación fiscal desde 2020, pero se otorgaron varias prórrogas para cumplir con el trámite, las cuales terminan el 31 de diciembre de 2024.

Esto significa que a partir del 1 de enero de 2025, la autoridad tributaria podrá aplicar sanciones a quienes no cumplan con la activación de los medios de contacto.

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