¿Se pueden embargar los depósitos de programas sociales? SAT lo aclara
La autoridad tributaria precisó que el dinero de los apoyos sociales, como la pensión de adultos mayores, por discapacidad o para mujeres, entre otros, no se pueden embargar
MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), aclaró, ante las deudas y rumores sobre la seguridad jurídica del dinero que reciben los beneficiarios de programas sociales del Gobierno federal, si es posible embargar los depósitos de programas sociales.
La autoridad tributaria precisó que el dinero de los apoyos sociales, como la pensión de adultos mayores, por discapacidad o para mujeres, entre otros, no se pueden embargar.
Esto significa que ninguna autoridad, ya sea fiscal o judicial, puede embargar o congelar los recursos que se otorgan como parte de programas de apoyo sociales.
Así lo estableció el SAT en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el 2025, que es el documento que emite el SAT con las reglas para aplicar diversas disposiciones, aclaraciones y procedimientos.
Sirve para agrupar y clasificar la normatividad, así como facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, como la declaración anual, la forma de realizarlos, ya sean presenciales o electrónicos, con el fin de eliminar la tramitología.
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