El SAT anuncia estímulo fiscal para contribuyentes con ingresos hasta por 35 millones de pesos
Si posteriormente lo impugnan, el descuento quedará sin efecto y la autoridad fiscal podrá requerir el pago correspondiente
MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado sobre un estímulo fiscal destinado a personas físicas y morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos, que permitirá regularizar contribuciones correspondientes al año fiscal 2023 o anteriores.
Este beneficio está contemplado en la Ley de Ingresos de la Federación 2025.
Condiciones para acceder al estímulo fiscal
El SAT aclaró que el estímulo estará disponible únicamente para aquellos contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos:
- No haber recibido condonaciones en los programas generalizados de los años 2000, 2007 y 2013.
- No tener una sentencia condenatoria por delitos fiscales.
- No encontrarse en los listados definitivos relacionados con los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Detalles del estímulo fiscal
El estímulo consiste en una disminución del 100% en multas, incluidas aquellas con agravantes, además de recargos y gastos de ejecución. Sin embargo, este beneficio no será considerado un ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR) y no podrá ser utilizado para devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
El estímulo aplica únicamente para los contribuyentes en los siguientes escenarios:
- Contribuciones omitidas actualizadas:
- Solicitar una línea de captura mediante un caso de aclaración en el Portal del SAT.
- Realizar el pago en una sola exhibición, ya sea en oficinas del SAT o mediante Oficina Virtual.
- Sujetos a facultades de comprobación:
- Subsanar irregularidades detectadas y autocorregirse dentro del plazo establecido por la autoridad, antes de recibir la resolución que determine las contribuciones omitidas.
- Créditos fiscales con pagos a plazos:
- Contribuyentes que al 1 de enero de 2025 mantengan un saldo pendiente de pago. Podrán obtener el descuento al liquidar en una sola exhibición el saldo no cubierto.
- Créditos fiscales firmes:
- Contribuyentes con créditos determinados por la autoridad que no hayan sido impugnados o que desistan de su defensa legal.
En los últimos dos casos, los contribuyentes deberán aceptar completamente el crédito fiscal. Si posteriormente lo impugnan, el descuento quedará sin efecto y la autoridad fiscal podrá requerir el pago correspondiente.
Consulta e información adicional
El SAT pone a disposición de los interesados los siguientes canales para mayor información y orientación:
- Minisitio de Regularización Fiscal 2025: Regularización Fiscal
- Teléfono MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9 y luego 3.
- Chat uno a uno, OrientaSAT y Oficina Virtual.
Asimismo, se puede acudir a cualquier oficina del SAT sin cita previa.
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