¿Quiénes no están obligados a presentar declaración anual ante el SAT?
Además, este año la autoridad tributaria otorgó facilidades para algunos contribuyentes, a quienes les permitió por primera vez no presentar su declaración de impuestos
MÉXICO.- Durante el mes de abril las personas físicas deben presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pero hay excepciones para algunos casos.
Además, este año la autoridad tributaria otorgó facilidades para algunos contribuyentes, a quienes les permitió por primera vez no presentar su declaración de impuestos.
Los contribuyentes sin obligación de declarar anualmente
De acuerdo con el propio SAT, los siguientes contribuyentes están exentos de presentar su declaración anual:
- Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón, siempre que te haya emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet de nómina por la totalidad de ingresos, incluso si estos superaron los 400 mil pesos
- Haber obtenido ingresos por salarios y también haber obtenido intereses nominales que no hayan excedido los 20 mil pesos
- Este año tampoco tendrán esta obligación las personas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), quienes sólo tendrán la obligación de realizar pagos mensuales.
El SAT informó que también las personas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad tributaria a un régimen distinto y cuyos ingresos del año inmediato anterior no superaron los 3.5 millones de pesos, pueden volver al Resico.
Los riesgos de no presentar la declaración anual
Si un contribuyente tiene la obligación de presentar su declaración anual e incumple, el SAT puede sancionarlo con entre mil 400 pesos y 34 mil 730 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas, pero además si no se cumple dentro del plazo que se indica en un requerimiento, se puede recibir una multa adicional.
Además la autoridad tributaria tiene la facultad de reportar la deuda al Buró de Crédito, lo que hará que tengas un mal historial crediticio.
Otras de las acciones que puede llevar a cabo, es el embargo de pertenencias por deudas, así como el bloqueo de cuentas bancarias.
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