¿Puedes recuperar tu dinero por cargos no reconocidos en tu tarjeta de débito? Esto dice la Condusef
Desde 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las acciones que están obligadas a emprender las instituciones bancarias en caso de detectar cargos no reconocidos en las tarjetas de débito
MÉXICO.- Posiblemente alguna vez te ha ocurrido que al revisar tu estado de cuenta notas que hubo una compra que tú no autorizaste, algo que afortunadamente tiene solución, según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Desde 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las acciones que están obligadas a emprender las instituciones bancarias en caso de detectar cargos no reconocidos en las tarjetas de débito.
Bancos están obligados a abonar a la cuenta del usuario el monto no reconocido
Según la dependencia federal, cuando los bancos reciben una notificación de un usuario por un cargo no reconocido, tienen la obligación de abonar a la cuenta del usuario los cargos de la reclamación.
Este abono debe hacerse en el segundo día hábil bancario, siempre que las operaciones reclamadas como desconocidas, se hayan realizado 48 horas previamente a la reclamación.
Medidas de seguridad que adoptan los bancos
Los bancos y emisores de tarjetas, pueden usar al menos dos elementos de autenticación para la realización de operaciones, como pueden ser:
- Número de identificación personal
- Frase de seguridad
- Microcircuito o chip para la tarjeta o un dispositivo móvil asociado a la operación de la tarjeta
- Huella dactilar
- Reconocimiento de iris o facial, entre otros
En caso de que el banco no haya requerido al usuario el uso de dos elementos para la autenticación de la operación, tendrá la obligación de abonar el monto total reclamado por el usuario.
Según la Condusef, en el caso en que se compruebe que los cargos objeto del aviso corresponde a la tarjeta de débito asociada a la cuenta de depósito (90 días) que hayan sido realizadas con elementos de autenticación correctos, no tendrán obligación de abonar el cargo.
Además, el dictamen que elabore el banco, deberá estar disponible para la consulta del usuario en un plazo no mayor a 45 días contados a partir de la fecha de aviso para operaciones nacionales y de 180 días para operaciones en el extranjero.
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