Reparto de Utilidades: ¿Cuándo se pagan y quiénes no tienen derecho a ellas?
Para calcular la cantidad de utilidades que corresponde a los trabajadores, se debe considerar el sueldo percibido y los días trabajados durante el periodo en el que se generaron las ganancias
MÉXICO.- Durante mayo se realiza el reparto de utilidades, que es un derecho de los trabajadores a participar de las ganancias que obtiene la empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece.
Para calcular la cantidad de utilidades que corresponde a los trabajadores, se debe considerar el sueldo percibido y los días trabajados durante el periodo en el que se generaron las ganancias.
De acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), el monto a repartir se divide en dos: La primera mitad se distribuye entre los trabajadores, según los días trabajados en el año y la segunda parte se aplica proporcionalmente según el nivel de ingresos.
Fecha límite para el reparto de utilidades
Después de 60 días de pagarse el impuesto anual se debe efectuar el pago de las utilidades, que en el caso de las personas morales es a más tardar el 30 de mayo y en el caso de las personas físicas, es el 29 de junio.
En caso de que haya alguna inconformidad en el reparto de utilidades, los trabajadores pueden contactar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), a los teléfonos 800 911 7877 y 800 717 2942.
Los trabajadores que no tienen derecho al reparto de utilidades
Este derecho de los trabajadores tiene algunas excepciones, por lo que no todos recibirán este dinero.
Excepciones:
- Trabajadores domésticos
- Trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de 60 días en el ejercicio
- Directores, administradores y gerentes generales, así como socios o accionistas de la empresa
- Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado