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Reparto de utilidades 2025: En esta fecha inicia y estos son los beneficiarios de la prestación laboral

El reparto de utilidades se otorga una vez al año y permite a los trabajadores disfrutar de las ganancias generadas por la empresa para la que trabajan durante el año de servicio anterior

Reparto de utilidades 2025: En esta fecha inicia y estos son los beneficiarios de la prestación laboral

MÉXICO.- El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores, reconocido como una prestación laboral en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que incumplir con esta obligación puede causar sanciones a los empleadores.

El reparto de utilidades se otorga una vez al año y permite a los trabajadores disfrutar de las ganancias generadas por la empresa para la que trabajan durante el año de servicio anterior.

Aunque la mayoría de los empleados tienen derecho a participar en el reparto de las utilidades, existen algunas excepciones de quienes no tienen este derecho y también de quienes están obligados a repartir utilidades.

¿Cuándo inicia el reparto de utilidades 2025 y quiénes son beneficiarios?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recomienda a las empresas que la fecha en que deba pagarse a sus colaboradores sea entre el 1 de abril y el 30 de mayo, mientras que las personas físicas del 1 de mayo al 29 de junio; sin embargo, el pago puede efectuarse dentro de los 60 días siguientes de haber presentado la declaración anual.

Las utilidades representan un ingreso adicional para los trabajadores, que ayuda a su economía familiar

Aunado a ello, todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón tienen derecho a recibir el reparto de utilidades.

Sin embargo, de acuerdo con la legislación laboral, el esquema no aplica para:

  1. Los trabajadores que hayan laborado menos de 60 días durante el año o ejercicio fiscal correspondiente
  2. Trabajadores domésticos
  3. Directores, administradores y gerentes generales de las empresas
  4. Socios o accionistas de las empresas
  5. Quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón

Empleadores sin obligación a repartir utilidades

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las siguientes empresas no están obligadas a repartir utilidades:

  1. Empresas de nueva creación
  2. Instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos sin fines de lucro
  3. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
  4. Empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría de Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria

La multa por no pagar utilidades a los empleados

Los empleadores que sí tengan la obligación de pagar las utilidades a los trabajadores e incumplan, pueden ser sancionados por las autoridades con entre 50 y 5 mil salarios mínimos vigentes.

Esto significa que pueden tener que pagar entre 12 mil 446 y 1 millón 244 mil 650 pesos, por lo que es importante que hagan el reparto de las utilidades en tiempo y forma.

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