¿Le debes al SAT? Anuncian ofertas especiales para usuarios con adeudos fiscales
Aplica a personas físicas y morales con ingresos menores a 35 millones de pesos y adeudos de 2023 o anteriores.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el Programa de Regularización Fiscal 2025, el cual permitirá a los contribuyentes con adeudos fiscales acceder a la condonación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
Esta medida busca facilitar el pago de impuestos atrasados y fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a quienes tienen una deuda, por lo que si ese es tu caso, aquí te contamos cuáles son los requisitos para que puedas acceder al programa.
Requisitos
Para beneficiarse de esta regularización, es necesario cumplir con los siguientes requisitos, según la página oficial del SAT:
- No haber recibido condonaciones en programas de 2000, 2007 o 2013.
- Que los adeudos correspondan a ejercicios fiscales en los que los ingresos totales no hayan superado los 35 millones de pesos.
- No haber sido condenado por delitos fiscales mediante sentencia firme.
- No estar incluido en los listados de los artículos 69-B y 69-B bis del Código Fiscal de la Federación.
Adeudos a los que aplica
El programa cubre adeudos determinados por el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) hasta el ejercicio 2023, incluyendo:
- Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o con cuotas compensatorias.
- Multas impuestas por infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
- Multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales distintas al pago.
- Multas con agravantes, siempre que hayan sido determinadas junto con contribuciones federales o cuotas compensatorias omitidas.
¿Quiénes pueden solicitar la disminución?
El programa está dirigido a personas físicas y morales cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal a corregir no hayan superado los 35 millones de pesos.
La disminución fiscal está vigente a partir del 1 de enero de 2025, sin embargo, la solicitud no constituye instancia y la resolución del SAT no podrá ser impugnada.
Además, la aplicación de la disminución no se considerará ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta y no dará derecho a devolución, deducción, compensación, acreditamiento o saldo a favor.
Los pagos deben realizarse en efectivo y no podrán ser cubiertos en especie o mediante compensación.
Para más información, los contribuyentes pueden consultar directamente con el SAT y verificar si cumplen con los requisitos para acceder a este beneficio.
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