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Pensión del Bienestar: ¿Debo presentar la declaración anual del SAT si la recibo?

En México, no todos los contribuyentes están obligados a presentar la Declaración Anual del ISR.

Pensión del Bienestar: ¿Debo presentar la declaración anual del SAT si la recibo?

CIUDAD DE MÉXICO.-En México, no todas las personas están obligadas a presentar la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) . Este documento es un reporte que las y los contribuyentes deben enviar a la autoridad fiscal sobre sus ingresos anuales, pago de ISR y deducciones personales. La obligación de presentar la declaración anual depende de varios factores, como el tipo de ingresos, su monto y la situación personal del contribuyente.

Casos en los que no es obligatorio presentar la declaración anual en 2024 (ejercicio fiscal 2024)

  1. Asalariados con ingresos menores a $400,000 pesos anuales :
    1. Si eres asalariado y tu único ingreso proviene de un solo empleo sin otros ingresos adicionales como arrendamientos, honorarios, etc., no estás obligado a presentar la declaración anual.
  2. Ingresos por intereses bancarios menores a $100,000 pesos anuales :
    1. Si tus ingresos por intereses bancarios no superan los $100,000 pesos y no tienes otros ingresos acumulables, no necesitas presentar la declaración anual.
  3. Ingresos por dividendos o ganancias de bolsa menores a $100,000 pesos anuales :
    1. Si tus ingresos por dividendos o ganancias de bolsa no superan los $100,000 pesos y no tienes otros ingresos acumulables, no estás obligado a declarar.
  4. Ingresos exclusivamente por pensiones :
    1. Si tu único ingreso proviene de una pensión (como la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores ) y no supera el límite establecido, no estás obligado a presentar la declaración anual.
  5. Ingresos exentos :
    1. Si tus ingresos provienen de fuentes exentas como becas, indemnizaciones, seguros de vida, etc., no necesitas presentar la declaración anual.

Excepciones importantes

  • Saldo a favor : Aunque no estés obligado a presentar la declaración anual, puedes hacerlo si tienes saldo a favor (por retenciones o pagos provisionales) para solicitar un reembolso.
  • Ingresos mixtos : Si trabajaste para dos o más patrones o tienes ingresos mixtos (asalariado + honorarios, rentas, etc.), es probable que debas presentar la declaración anual.
  • Deducciones personales : Si realizaste deducciones personales (gastos médicos, pago de colegiaturas, créditos hipotecarios, etc.) y estas deducciones podrían generar un saldo a favor, puede ser conveniente presentar la declaración anual.

Quiénes están obligados a presentar la declaración anual

  • Ingresos superiores a $400,000 pesos :
    • Asalariados con ingresos anuales superiores a $400,000 pesos.
    • Trabajadores que hayan trabajado simultáneamente para dos o más patrones.
    • Freelancers y trabajadores independientes.
    • Personas que hayan recibido ingresos por indemnización o jubilación.
  • Ingresos por intereses :
    • Si recibiste ingresos por intereses bancarios superiores a $20,000 pesos anuales, estás obligado a presentar la declaración anual.
    • Si eres asalariado y recibiste ingresos por intereses y estos no superaron los $20,000 pesos, no estás obligado a declarar.
    • Si no eres asalariado y tus ingresos por intereses no superan los $100,000 pesos, no estás obligado a presentar la declaración.

¿Quiénes reciben saldo a favor en su declaración anual?

El saldo a favor es una devolución de impuestos que se otorga cuando el monto de las retenciones o pagos provisionales excede el impuesto que realmente debes pagar. Las personas que normalmente obtienen saldo a favor son aquellas que realizaron deducciones personales durante el año fiscal, como:

  • Gastos médicos.
  • Pago de colegiaturas.
  • Intereses pagados por créditos hipotecarios.
  • Gastos funerarios.

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Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un programa gubernamental que apoya de manera universal a mujeres y hombres mayores de 65 años en todo el país. El objetivo es contribuir al bienestar de las personas adultas mayores a través de la entrega de una pensión no contributiva que ayude a mejorar las condiciones de vida y permita el acceso a la protección social.

  • Monto: $6,200 pesos bimestrales .
  • Beneficiarios: Todas las personas mayores de 65 años en todo el país, sin importar su nivel socioeconómico.

No todas las personas están obligadas a presentar la declaración anual del ISR. Si tu única fuente de ingreso es una pensión, como la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores , y no superas los límites establecidos, no necesitas presentar la declaración anual. Sin embargo, si tienes dudas o crees que podrías tener saldo a favor, es recomendable verificar tu obligación fiscal utilizando el SAT ID o consultando con un contador profesional.

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