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¡Que no se te pase! Si recibes remesas tienes que declararlas ante el SAT

Esto significa que sin importar si los ingresos se derivaron de salarios, premios o incluso de remesas por parte de familiares, deben declararse ante la autoridad tributaria

MÉXICO.- Durante el mes de abril las personas físicas tienen que cumplir con su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y dentro de las obligaciones está informar todos los ingresos recibidos durante el año.

Esto significa que sin importar si los ingresos se derivaron de salarios, premios o incluso de remesas por parte de familiares, deben declararse ante la autoridad tributaria.

Para muchas familias, las remesas constituyen un sostén económico muy importante y al ser considerado un ingreso, el SAT puede cobrar impuestos por ser visto como dinero adicional al que declaras, pero también hay excepciones.

En entrevista, Rodolfo Jerónimo Pérez, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México recordó que las remesas constituyen un ingreso de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Sin embargo, aunque todo ingreso genera impuestos, hay algunos casos en los que, según esta misma normativa, no se le debe pagar a la autoridad fiscal. El experto indicó que de acuerdo con la misma ley, las remesas se pueden considerar como donaciones, pero sólo en algunos casos.

Según lo estipula el artículo 93 de la Ley Federal del Impuesto sobre la Renta, los donativos están exentos de pagar impuestos, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  1. Es realizado por el contribuyente a un familiar directo solo si son de padres, hijos o cónyuges
  2. Que no sea enajenada por terceros
  3. Si el total de los donativos recibidos en un año no superen tres veces el salario mínimo general
  4. En caso de exceder ese monto, entonces sí se deberás pagar un porcentaje de impuestos.

Si el envío de remesas es entre esposos o entre padres e hijos no hay limitaciones, se puede donar dinero y no habría ningún problema”, comentó.

Pero si por ejemplo las remesas son parte de algún primo, tío o cualquier otro familiar, entonces sí tendrás que declarar ese ingreso y pagar su impuesto correspondiente.

¿Entonces debo informar al SAT?

Aunque puede que no tengas que pagar impuesto por recibir remesas, de todos modos debes informar al SAT sobre dichos ingresos, lo que tendrás que hacer tanto en tu declaración mensual como anual, siempre y cuando esos ingresos no sobrepasen un monto determinado.

“Por la ley, el monto de extensión es de hasta el valor de la UMA de manera anualizada, es decir 118 mil pesos”, comentó.

¿En qué casos los debo declarar?

A decir del experto, también debes declararlo de forma mensual en el mes en el cual recibas ese dinero adicional y sería para el rubro de “otros ingresos” en el mes que los hayas obtenido.

Jerónimo Pérez indicó que la misma ley señala que es una obligación informar y no pagar impuestos, cuando el monto de los donativos exceda de 600 mil pesos, en esos casos también se deberá informar de ese monto dentro de la Declaración Anual.

“En la declaración anual puede aclarar que durante el ejercicio fiscal tuvo préstamos, donativos y premios que está obligado a declarar, le pondría que sí, pone el monto y el ingreso, y no es que pague impuestos, es que simplemente lo informe”, señaló.

¿Y qué pasa si no declaro las remesas?

Si la persona no lo declara, el SAT puede detectar esas discrepancias y al revisar la declaración del contribuyente y al ver que tiene ingresos por donativos y no los declaró o los informó, entonces se los puede considerar como otros ingresos y tendrá que pagar esos impuestos, además de que aplicaría el pago de actualización, así como posibles recargos y multas.

Es muy importante que el contribuyente esté muy al pendiente de su obligación, porque el incumplimiento de la misma puede hacer que en caso de revisión de la autoridad tendrá que pagarlo”, puntualizó.

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