¿Debes pagarle al SAT impuestos por el reparto de utilidades que recibes?
El derecho a recibir utilidades lo tienen los empleados que durante el año colaboraron al menos 60 días y se tiene hasta un año para exigir el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

MÉXICO.- Durante el mes de mayo todos los trabajadores que tienen como empleador una empresa, deben recibir el reparto de utilidades, una prestación de ley que de no pagarse, puede generar sanciones para los patrones.
El derecho a recibir utilidades lo tienen los empleados que durante el año colaboraron al menos 60 días y se tiene hasta un año para exigir el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
El monto límite de pago de utilidades
A partir de 2024, se estableció que las utilidades tendrán un límite de tres meses del salario del trabajador, con el propósito de evitar un costo excesivo para las empresas.
Esto significa que no hay una cantidad definida como límite, sino que la medida establecida como el máximo que pueden recibir son tres meses de sueldo.
Los impuestos que se pagan por las utilidades
De acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, el reparto de utilidades genera un impuesto que debe pagarse al Servicio de Administración Tributaria (SAT), siempre que la cantidad exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo, es decir 4 mil 182 pesos.
El tributo que debe pagarse es el Impuesto sobre la Renta (ISR), que es por la cantidad que exceda los 15 días de salario mínimo.
El cálculo para determinar cuánto debe pagarse, según Infobae, se realiza de la siguiente forma:
- Se determina la cantidad que excede los 15 días del salario mínimo, que deberán pagar impuestos
- La cantidad se divide en 365 para obtener la utilidad promedio diaria
- Se multiplica por 30.4 para obtener la utilidad promedio mensual gravada
- Se suma al salario mensual ordinario, para obtener el ingreso promedio mensual
- El impuesto se calcula de la resta del impuesto al salario mensual ordinario
- La diferencia se divide entre la utilidad promedio mensual y se multiplica por 100, para obtener el porcentaje del impuesto
- Se multiplica la utilidad gravada por el porcentaje de impuesto para determinar la cantidad a retener por concepto de impuestos sobre las utilidades
¿Quiénes no tienen derecho a recibir utilidades?
- Trabajadores eventuales que hayan colaborado menos de 60 días en el ejercicio fiscal en el que se generaron las utilidades
- Directores
- Administradores
- Gerentes generales
- Socios
- Accionistas
- Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado
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