AMLO crea la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano desconcentrado de la SHCP
La Agencia Nacional de Aduanas de México indican que tendrá <strong>como objeto organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección.</strong>
CIUDAD DE MÉXICO.-El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, creó mediante decreto la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Dicho decreto fue publicado este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia", señala el DOF.
La Agencia Nacional de Aduanas de México indican que tendrá como objeto organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, así como las relativas al cobro de las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior.
El Titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República, a propuesta del Secretario de Hacienda y Crédito Público y deberá reunir los requisitos siguientes:
I. Ser ciudadano mexicano;
II. Poseer el día del nombramiento, título profesional en las áreas de derecho, administración, economía, contaduría o materias afines, con una antigüedad mínima de diez años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello; así como contar con experiencia probada y estudios en materia fiscal, aduanera, comercio exterior, financiera o alguna otra materia relacionada;
III. No haber sido sentenciado por delitos dolosos que hayan ameritado pena privativa de la libertad por más de un año, o inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, y
IV. No desempeñar durante el periodo de su encargo otra comisión o empleo dentro de la Federación, Entidades Federativas, Municipios, alcaldías de la Ciudad de México, órganos autónomos constitucionales, organismos descentralizados, empresas productivas del Estado, empresas de participación estatal o de algún particular, excepto los cargos o empleos de carácter docente y los honoríficos; así como también estará impedido para ejercer su profesión, salvo en causa propia.
La Agencia Nacional de Aduanas de México podrá contar con personal que pertenezca o haya pertenecido a las fuerzas armadas.
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