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SAT: Qué puedo deducir de la Declaración Anual

La fecha límite para presentar la declaración anual SAT es el 30 de abril de cada año.

CIUDAD DE MÉXICO.-La declaración anual en México se refiere a la obligación que tienen los contribuyentes de presentar una declaración de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalla ChatGPT.

Esta declaración debe incluir información sobre los ingresos percibidos durante el año anterior, las deducciones fiscales a las que se tiene derecho, así como cualquier otra información relevante para el cálculo de los impuestos a pagar o la devolución de los impuestos pagados en exceso.

La fecha límite para presentar la declaración anual SAT es el 30 de abril de cada año, y puede realizarse a través de la página web del SAT o en persona en las oficinas del SAT. Es importante cumplir con esta obligación para evitar multas y sanciones por parte del SAT.

¿Qué puedo deducir de impuestos?

Gastos médicos

  • Honorarios médicos.
  • Dentista, tratamientos y consultas.
  • Servicios de psicología y nutrición.
  • Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
  • Gastos hospitalarios.
  • Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias).
  • Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500). Debes de describir las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

Gastos funerarios

De acuerdo al SAT, son deducibles los gastos de funerales que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $31,693.80.

Puedes deducir los pagos realizados para ti, tu cónyuge o concubino (a), así como para padres, abuelos, hijos y nietos siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad Médica y Actualización (UMA) anual equivalente a $31,693.80.

Donaciones

Son deducibles los donativos que se otorguen a instituciones y a la Federación.

El límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.

Colegiaturas

La cantidad pagada que se podrá disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas, no deberá exceder por cada uno de los alumnos los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:

  • Preescolar: $14,200
  • Primaria: $12,900
  • Secundaria: $19,900
  • Profesional técnico: $17,100
  • Bachillerato o su equivalente: $24,500

Primas de seguros

Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos.

Puedes deducir los pagos realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubino(a), ascendientes o descendientes en línea recta.

El monto total de deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a $158,469.00 o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor.

Créditos de vivienda

Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.

El crédito otorgado no deberá exceder $4,954,197.75 (750 mil UDIS, monto que debe actualizarse al 31 de diciembre de 2020).

Aquí un video de cómo puedes hacer tu Declaración Anual

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