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Le niegan a Inés Gómez Mont amparo para no decretar ejercicio de acción penal

El Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México negó el amparo a la expresentadora, para que se deje insubsistente la orden de aprehensión que libró en su contra por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Ciudad de México.- La jueza Patricia Marcela Diez Cerda rechazó el pedido de la fiscalía de interrogar a la conductora de televisión Inés Gómez Mont y consideró que la unidad especializada que investiga transacciones financieras ilegítimas y fraude o alteración de moneda actuó de manera adecuada al no fallar a favor de la artista.

De esta forma, el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México negó el amparo a la expresentadora, para que se deje insubsistente la orden de aprehensión que libró en su contra por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Acción penal

Asimismo, se indicó que el delito no lo constituyó la abstención de enterar los impuestos del ejercicio fiscal de 2016, sino la posibilidad de que existan recursos, derechos o bienes que provengan, de manera directa o indirecta, de la comisión de un delito y respecto de los cuales no se acredite su legítima procedencia, por lo que no es posible decretar el pronunciamiento de no ejercicio de la acción penal.

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De acuerdo con el expediente, el 30 de noviembre de 2018, Inés Gómez Mont y el Administrador Central de Análisis Técnico Fiscal de la Administración General de la Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, celebraron “acuerdo reparatorio”, a través del cual se expuso que el monto de la reparación integral de las contribuciones y accesorios omitidos al Servicio de Administración Tributaria correspondía a la cantidad de 10 millones 967 mil pesos por concepto de contribuciones federales omitidas y accesorios.

El convenio fue sometido a la autorización de la agente del Ministerio Público de la Federación, quien el 16 de enero de 2019, determinó no aprobar el acuerdo reparatorio, debido a que el monto resulta notoriamente desproporcional, ya que el daño sufrido por la hacienda pública no fue resarcido en su totalidad con el pago de los 2 millones 604 mil pesos.

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Cabe señalar que este caso no está relacionado con la orden de aprehensión que hay en su contra y de su esposo Víctor Manuel Álvarez Puga, contra quienes existe una ficha roja emitida por Interpol, donde fueron señalados de probablemente desviar más de 3 mil millones de pesos, motivo por el cual se les busca imputar los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.

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