‘Terrifier 3’ recibe clasificación ‘D’ en México ¿Quiénes pueden verla?
La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía clasificó a ‘Terrifier 3’ como clasificación ‘D’ debido a su extrema violencia
La tercera entrega de la saga de terror ‘Terrifier’ ha generado gran expectación desde que se reportaron incidentes durante su proyección en el Reino Unido, donde algunos espectadores abandonaron la sala debido al contenido gráfico. Ahora, se especula que la película recibirá la clasificación ‘D’ en México, lo que la convertiría en una de las pocas películas en superar la clasificación ‘C’, la cual está destinada a mayores de 18 años.
De acuerdo con el portal Tomatazos, ‘Terrifier 3’ fue catalogada como una cinta con violencia extremadamente gráfica, lenguaje explícito y contenido gore, factores que la harían merecedora de la clasificación ‘D’, que es la más alta dentro del sistema de clasificación mexicano. Esta calificación restringiría aún más su público, debido a la intensidad de sus escenas.
Hasta el momento, no se han revelado muchos detalles específicos sobre el contenido de la película, aunque se espera que mantenga la atmósfera terrorífica y el estilo sangriento que caracteriza a la saga. El director de la cinta, Damien Leone, ha adelantado que los primeros 10 minutos del filme serán decisivos para los espectadores, quienes, si logran superarlos, podrán enfrentar el resto de la proyección.
El estreno de ‘Terrifier 3’ en salas de cine mexicanas está programado para este miércoles 31 de octubre.
¿Cómo se clasifican las películas en México?
La clasificación ‘D’ es poco común en el cine, ya que se reserva para aquellas películas cuyo contenido supera los límites establecidos por la clasificación ‘C’, destinada a mayores de 18 años. En México, el organismo encargado de clasificar el contenido audiovisual según su contenido es la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, la cual se asegura que dicha clasificación cumpla con la Ley Federal de Cinematografía.
El artículo 24 de La Ley Federal de Cinematografía indica que:
“Previamente a la exhibición, distribución y comercialización de las películas, éstas deberán someterse a la autorización y clasificación correspondiente, ante la autoridad competente, de conformidad a lo que establezca el Reglamento”
El artículo 25 establece la siguiente clasificación:
“AA”: Películas para todo público que tengan además atractivo infantil y sean comprensibles para niños menores de siete años de edad.
“A”: Películas para todo público.
“B”: Películas para adolescentes de doce años en adelante.
“B15”: No recomendada para menores de 15 años.
“C”: Películas para adultos de dieciocho años en adelante.
“D”: Películas para adultos de dieciocho años, con sexo explícito, lenguaje procaz, o alto grado de violencia.
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