Pablo Montero rompe el silencio por su interpretación del Himno Nacional
El cantante cambió la letra de la canción en el primer juego del Cruz Azul contra Santos del jueves pasado.
CIUDAD DE MÉXICO.- Pablo Montero finalmente rompió el silencio luego de su mala interpretación del Himno Nacional Mexicano durante el final de ida del futbol entre Cruz Azul y Santos en el Estadio Corona.
El cantante fue blanco de duras críticas, pues a diferencia de su colega, Ángela Aguilar, él cambió la letra de la patriótica composición, lo que le validó miles de críticas y ataques en redes sociales.
El mexicano reapareció en la final de este domingo entre Cruz Azul y Santos para disculparse con su público. Por medio de sus redes sociales, publicó un video de su desastrosa presentación y pidió perdón a todos por lo ocurrido.
Si hay algo que respeto en la vida son nuestras raíces y nuestra historia, una disculpa a mi País”, escribió el oriundo de Coahuila.
También se refirió a las estrofas que cambió del Himno Nacional, pues pronunció “que en dedo tu eterno destino, nos convoca a lidiar con valor”, y “rugir y el cañón”.
"'Nos convoca lidiar con valor' y es 'Con el dedo de Dios se escribió'", agregó el también actor.
SEGOB PODRÍA MULTAR A PABLO MONTERO
A través de un comunicado, la Secretaría de Gobernación indicó que, tras las equivocaciones realizadas por Pablo Montero durante su interpretación del Himno Nacional en la ceremonia previa a la final de Liga MX, analizarán aplicar sanciones contra el cantante.
De acuerdo con las atribuciones que la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional otorga a la Secretaría de Gobernación, realizarán las acciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones de dicha ley y de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para determinar la responsabilidad de las personas involucradas en esta presentación.
El Capítulo Séptimo de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, que habla sobre “Competencias y Sanciones” determina en el Artículo 56 lo siguiente:
"Las contravenciones a la presente Ley que no constituyan delito conforme a lo previsto en el Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común, y para toda la República en materia de fuero federal, pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente a doscientas cincuenta veces el salario mínimo, o con arresto hasta por treinta y seis horas".
Sigue nuestro canal de WhatsApp
Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí