Las causas que derivan en un homicidio o feminicidio son las mismas “en general”: AMLO
Este día el Presidente dedicó su “mañanera” al tema de los feminicidios en México, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
MÉXICO.- Las causas que derivan en un homicidio, son las mismas que las de un feminicidio, “en general”, expresó el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Este día el Presidente dedicó su “mañanera” al tema de los feminicidios en México, en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
A la pregunta expresa de si las causas que originan un feminicidio y un homicidio son las mismas, el presidente Andrés Manuel López Obrador respondió que en general sí.
En general sí, porque ha habido mucha desintegración en las familias, mucha pérdida de valores, entonces sí necesitamos luchar por una sociedad mejor, por hacer valer la justicia”, expresó.
Durante la conferencia de esta mañana el Grupo Interinstitucional de Estrategia contra Violencias (GIEV), presentó la estrategia que articula a las dependencias del Gobierno para un trabajo coordinado y con perspectiva de género, con el propósito de erradicar la violencia contra la mujer.
¿Cuáles son las diferencias entre el feminicidio y el homicidio?
Según la publicación de Vanguardia, el Código Penal Federal establece que comete homicidio, quien priva de la vida a otro; aunque existen diferentes modalidades como culposo, doloso o en razón del parentezco, como podría ser el parricidio.
Las penas de este delito van desde los 4, hasta los 40 años, aunque la ley considera el aumento de las sentencias, dependiendo de las agravantes.
Mientras que el delito de feminicidio, lo comete: “quien prive de la vida a una mujer por razones de género” y se especifican siete circunstancias que se pueden entender como razones de género, según el texto de Vanguardia, que son:
- La víctima presente signos de violencia de cualquier tipo
- A la víctima se le hayan inflingido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.
- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.
- Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.
- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.
- La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.