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Papás deudores de pensión alimenticia ya no podrán salir de la República Mexicana

Esto luego de que entrara en vigor la restricción aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con base en las cuales se prohíbe la salida del País a los padres que incumplan con la obligación alimentaria.

Papás deudores de pensión alimenticia ya no podrán salir de la República Mexicana

CIUDAD DE MÉXICO.-A partir del 29 de noviembre, los papás deudores de la pensión alimenticia de sus hijos ya no podrán salir de la República Mexicana.

Esto luego de que entrara en vigor la restricción aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con base en las cuales se prohíbe la salida del País a los padres que incumplan con la obligación alimentaria.

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Esta tesis se publicó el viernes 26 de noviembre de 2021 en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 29 de noviembre de 2021″, señala la notificación.

¿A quiénes se aplica la medida por adeudo de pensión alimenticia?

De acuerdo a la tesis jurisprudencial 49/2021, la pensión alimenticia a menores de edad tiene una triple dimensión, pues es un derecho del menor, una responsabilidad y obligación para sus padres y un deber del Estado el garantizar su cumplimiento.

La tesis 50/2021 refiere que la libertad de una persona de salir del País forma parte de los derechos de libertad de tránsito, circulación y residencia, como derecho humano protegido por la Constitución.

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Sin embargo lo anterior no es un derecho absoluto y puede estar sujeto a restricciones del Estado, para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas, los derechos y libertades de terceros.

Cabe destacar que la restricción no se debe aplicar en automático, sino mediante una valoración judicial, la cual tiene como objetivo la aplicación de la norma a los padres deudores.

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