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Multas para quienes no utilicen cubrebocas en emergencia sanitaria son avaladas

Dicha multa puede ser conmutable por arresto administrativo de hasta 36 horas o trabajo a favor de la comunidad hasta por ocho horas.<br /> 

NUEVO LEÓN.-Fueron avaladas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las sanciones previstas en la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, para quienes no cumplan con el uso obligatorio de mascarillas durante una emergencia sanitaria declarada, como la actual pandemia del coronavirus.

Por unanimidad los ministros declararon constitucional el artículo que establece sanciones como multas con el valor de hasta cinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), para todos aquellos que no cumplan con esta disposición.

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Dicha multa puede ser conmutable por arresto administrativo de hasta 36 horas o trabajo a favor de la comunidad hasta por ocho horas.

Solamente se aplicarán a mayores de edad

Estas sanciones solamente se aplicarán a mayores de edad y en el caso de menores de dos a 18 años, sus padres o tutores serán los responsables.

Los ministros invalidaron cualquier sanción referente a personas con discapacidad intelectual, pues desde la semana pasada declaró que el Congreso de Nuevo León debe realizar una consulta pública para incluir a este sector de la población en la legislación.

La invalidez sobre las personas con discapacidad intelectual surtirá efectos dentro de los 18 meses siguientes a que se notifique la resolución al Congreso local que después deberá realizar la consulta pública requerida por la Corte.

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