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FGR y Pemex impugnan proceso en libertad concedido a Emilio Lozoya por caso Odebrecht

Dicha resolución, emitida en febrero pasado, determinó la liberación provisional de Lozoya Austin, quien había estado recluido en el Reclusorio Norte por más de dos años.

La Fiscalía General de la República (FGR) y Petróleos Mexicanos (Pemex)han interpuesto recursos de revisión contra el amparo otorgado al exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, que le permitió llevar a cabo su proceso en libertad en relación al caso de los sobornos de la empresa constructora brasileña Odebrecht.

De acuerdo con los registros judiciales, tanto la FGR como Pemex presentaron ayer las impugnaciones correspondientes con el objetivo de impugnar la resolución del magistrado Juan Pedro Contreras Navarro, del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito.

Dicha resolución, emitida en febrero pasado, determinó la liberación provisional de Lozoya Austin, quien había estado recluido en el Reclusorio Norte por más de dos años. El magistrado consideró que no existía riesgo de que el acusado evadiera la justicia.

Sin embargo, Contreras Navarro impuso a Lozoya Austin diversas medidas cautelares como la colocación de un brazalete electrónico, retiro de pasaporte, la prohibición de salir del país y la firma del libro de procesados cada 15 días.

Cambian medida cautelar

En acatamiento de la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal, el juez de control del Reclusorio Norte, Genaro Gerardo Alarcón, cambió la medida cautelar de prisión y dictó libertad a Lozoya Austin.

Ante ello, la FGR acusó que Emilio Lozoya no ha ganado ningún juicio, sino que “solo ha obtenido de jueces y magistrados de la federación privilegios procesales totalmente injustos y desproporcionados”.

Se nos han excluido pruebas que lícitamente fueron obtenidas por la Fiscalía en Brasil y en Suiza, mediante tratados internacionales válidos que México ha suscrito, violando así lo establecido en dichos convenios que tienen respaldo constitucional”, dijo.

“Al hoy acusado, el juez Gerardo Genaro Alarcón López lo benefició injustamente, excluyéndolo de su responsabilidad del pago por la reparación del daño en el caso de Agronitrogenados, alegando que dicho pago ya lo había hecho Alonso “N”, lo cual nada tiene que ver con la responsabilidad directa de Emilio “N”, que está señalada en el artículo 30 del Código Penal Federal”, arremetió la Fiscalía General de la República.

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