Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / Mexico / PVEM

Por deudor alimentario, revocan constancia de mayoría a diputado electo del PVEM en Edomex

La Ley 3 de 3 impide que deudores de pensiones alimentarias y violentadores de mujeres puedan acceder a cargos públicos y de elección pública en México.

Por deudor alimentario, revocan constancia de mayoría a diputado electo del PVEM en Edomex

ESTADO DE MEXICO.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha decidido revocar la constancia de mayoría a Luis Alberto Carballo Gutiérrez, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM). Esta decisión se tomó debido a que Carballo Gutiérrez está inscrito en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos, lo que lo hace inelegible para el cargo de diputado federal por el Distrito 23 de Lerma, Estado de México.

En una sesión realizada este viernes, los magistrados del TEPJF resolvieron por unanimidad que Carballo Gutiérrez no puede ocupar el cargo debido a su situación de deudor alimentario. En su lugar, José Luis Hernández Pérez, suplente del PVEM, asumirá la posición de diputado federal.

También te podría interesar: Exhiben a 47 deudores alimentarios el Día de San Valentín

¿Pueden deudores alimentarios ocupar cargos políticos en México?

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en el 2023 la Ley 3 de 3, la cual impide que deudores de pensiones alimentarias y violentadores de mujeres puedan acceder a cargos públicos y de elección pública en México.

“[La persona en dicha situación] no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público”.

—  Diario Oficial de la Federación

¿Se puede postular un candidato que es deudor alimentario después de pagar sus deudas?

A pesar de que Carballo Gutiérrez aseguró haberse puesto al corriente con sus obligaciones alimentarias, los magistrados determinaron que esto no era suficiente para considerar su elegibilidad.

“La inelegibilidad del candidato se debe a su inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios al momento de su registro como candidato, lo cual actualiza la suspensión de su derecho a ser votado en términos de lo dispuesto por el artículo 38 de la Constitución”.

—  magistrado José Luis Avante

Avante subrayó la importancia de esta resolución, ya que es la primera vez que se aplica la modificación legal que incorpora la inelegibilidad por ser deudor alimentario.

“No podemos dejar abierta la posibilidad de que cuando alguien quiera ser candidato o funcionario electo popularmente vaya y pague sus deudas alimentarias que tiene hace dos o tres años. La circunstancia es generar condiciones a partir de las cuales esto no sea una opción.”

—  magistrado José Luis Avante

También te podría interesar: Exhiben a 47 deudores alimentarios el Día de San Valentín

La exesposa de Carballo Gutiérrez ha demandado por pensión alimenticia y violencia familiar

Karina Castillo, exesposa de Carballo Gutiérrez, había solicitado apoyo a la presidente electa Claudia Sheinbaum Pardo y a la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, para evitar que el fuero del Partido Verde impidiera el progreso de las demandas de pensión alimenticia y violencia familiar que ha promovido en su contra.

Esta resolución del TEPJF marca un precedente importante en la aplicación de las leyes electorales.

Temas relacionados