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Trabajador pierde la vida tras caer mientras limpiaba exterior de elevador en el Monumento a la revolución

El hombre limpiaba el exterior del elevador mientras era sostenido por un arnés que cedió.

Trabajador pierde la vida tras caer mientras limpiaba exterior de elevador en el Monumento a la revolución

Fallece trabajador tras caer del elevador de cristal en el Monumento a la Revolución, ubicado en la colonia Tabacalera, alcaldía Cuauhtémoc. Paramédicos de Protección Civil atendieron al hombre, quien presentaba múltiples lesiones por cortaduras.

Según los primeros informes, el hombre, de aproximadamente 35 años, estaba realizando tareas de limpieza en el exterior del elevador, sujeto a un arnés que cedió, provocando su caída sobre la recepción del museo.

Personal de Protección Civil de la demarcación llegó al lugar y evaluó al hombre, quien ya no presentaba signos vitales debido a la caída.

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La zona fue asegurada mientras peritos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México recababan evidencia y trasladaban los restos al Ministerio Público local, donde continuarán con las investigaciones.

¿Qué dice la LFT en estos casos?

En México, la indemnización por muerte de un trabajador está regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y otros ordenamientos relacionados.

Indemnización por Muerte en el Trabajo

  • Indemnización por Riesgos de Trabajo:
    Artículo 500 LFT: Si la muerte del trabajador ocurre a consecuencia de un riesgo de trabajo (accidente o enfermedad profesional), los beneficiarios del trabajador tienen derecho a recibir una indemnización.
    La indemnización equivale a 5 mil días de salario del trabajador.
  • Gastos Funerarios:
    Artículo 502 LFT: Además de la indemnización por riesgo de trabajo, los patrones deben cubrir los gastos funerarios del trabajador fallecido.
    La cantidad de los gastos funerarios se calcula en base al salario mínimo vigente en la zona económica correspondiente.

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