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¿16 de septiembre, se paga doble o triple?; esto dice la Ley Federal del Trabajo

Durante estos días, el ambiente festivo se extiende por todo el país, con reuniones familiares y eventos especiales en distintas regiones.

¿16 de septiembre, se paga doble o triple?; esto dice la Ley Federal del Trabajo

CIUDAD DE MÉXICO.- Con la llegada de septiembre, México comienza a prepararse para las “fiestas patrias” del 15 y 16 de septiembre, fechas en las que se organizan diversos eventos como conciertos, ferias y actividades culturales para conmemorar la lucha por la independencia. Estas celebraciones atraen tanto a ciudadanos locales como a turistas que desean participar en las festividades.

Durante estos días, el ambiente festivo se extiende por todo el país, con reuniones familiares y eventos especiales en distintas regiones. Es una oportunidad para recordar la historia y celebrar el orgullo nacional.

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Día feriado y descanso laboral

Aunque el 15 de septiembre no es un día feriado oficial, ya que este año cae en domingo, el 16 de septiembre sí es reconocido como un día festivo nacional. Por lo tanto, es un día en el que estudiantes y trabajadores tienen derecho a descansar. Sin embargo, dado que el 16 de septiembre es un día laborable, algunos empleados deberán cumplir con sus obligaciones laborales, dependiendo de las políticas de sus empleadores.

Derechos de los trabajadores el 16 de septiembre

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el 16 de septiembre es uno de los cinco días del año en los que los empleados tienen derecho a descansar obligatoriamente. En caso de que un trabajador se presente a laborar en esta fecha, su patrón está obligado a pagarle el día triple, conforme al artículo 75 de la misma ley. }

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¿En qué consiste el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo?

Este artículo establece que:

“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Esto significa que, si un trabajador trabaja el 16 de septiembre, debe recibir un pago equivalente a su salario normal más el doble del salario adicional, resultando en un total de tres veces el salario diario correspondiente.

¿Qué otros días se consideran feriados en la Ley Federal del Trabajo?

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo estos:

  • 1 de enero;
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • 1 de mayo;
  • 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (en el caso de este 2024, será el día 1 de octubre);
  • 25 de diciembre;
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

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