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AMLO propone reforma para que puedas portar armas más fácil si cumples con ciertos requisitos

El presidente Andrés Manuel López Obrador envió una iniciativa a la Cámara de Diputados para modificar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

AMLO propone reforma para que puedas portar armas más fácil si cumples con ciertos requisitos

CIUDAD DE MÉXICO.-El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), envió una iniciativa a la Cámara de Diputados para modificar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, buscando facilitar la portación de armas de fuego para ciertos sectores de la población, al tiempo que endurece el control sobre armas de uso exclusivo del Ejército. La propuesta, presentada a días de que finalice el sexenio, pretende reducir los homicidios y frenar el tráfico ilícito de armas.

Ampliación del catálogo de armas de uso exclusivo del Ejército

Uno de los aspectos de la reforma es la ampliación del catálogo de armas de uso exclusivo del Ejército, aumentando las restricciones y penas para quienes no cumplan con la ley. Se incluye una lista más extensa de armas prohibidas para civiles, que abarca pistolas calibre 5.7 x 28 mm, .357, 9 mm parabellum, .38 y calibres superiores. También se incluyen fusiles, rifles, subametralladoras, ametralladoras, proyectiles-cohete, lanzagranadas, silenciadores y equipos de visión nocturna, entre otros. La posesión de cualquiera de estas armas por personas ajenas a las Fuerzas Armadas será sancionada con multas y penas de prisión que pueden alcanzar hasta los 30 años.

Portación de armas para organismos públicos y personas físicas

La propuesta de AMLO permite que los integrantes de empresas públicas, órganos autónomos y ciertos sectores del campo porten armas de fuego bajo condiciones estrictas. La medida está dirigida a organismos que, por sus funciones públicas, justifican la necesidad de portar armas. Entre los organismos mencionados están la CFE, Pemex, Banxico, la Casa de Moneda, el SAT, y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Además, empresas de seguridad privada y otras personas morales podrán acceder a licencias de portación emitidas por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

En el caso de personas físicas, la reforma también permite la posesión de armas de fuego en domicilios para la legítima defensa, aunque bajo las limitaciones y controles estrictos impuestos por la ley. La iniciativa resalta la necesidad de fortalecer el registro, control y vigilancia de las armas, a cargo del Registro Federal de Armas, que estará bajo la supervisión de la Sedena.

Facilitación para ejidatarios, comuneros y jornaleros

Una de las disposiciones de la reforma es la posibilidad de que ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo puedan portar armas fuera de las zonas urbanas. Estos grupos podrán tener en sus domicilios y portar fuera de las ciudades rifles calibre .22 o escopetas de cualquier calibre, siempre que no superen ciertos límites de longitud de cañón o calibre. Para acceder a este derecho, los interesados deberán demostrar fehacientemente su condición de ejidatarios, comuneros o jornaleros.

Nuevas disposiciones para cazadores y tiradores deportivos

El proyecto de ley también establece que la Sedena podrá autorizar la posesión, transporte y portación de armas a deportistas de tiro y caza, siempre que estén registrados en clubes o asociaciones acreditadas. Estos clubes deberán estar registrados ante la Sedena y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y tendrán que cumplir con las normativas de control y vigilancia del armamento que posean sus socios.

Endurecimiento de sanciones

En cuanto a las sanciones, la reforma plantea un endurecimiento de las penas para quienes incumplan las normativas de posesión y portación de armas. Las multas van desde 10 hasta 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y las penas de prisión pueden oscilar entre 3 y 30 años, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Control exclusivo de la Sedena

El control total sobre la expedición, negación, suspensión y cancelación de licencias de portación de armas recaerá en la Sedena. Esto marca un cambio respecto a años anteriores, cuando la Secretaría de Gobernación tenía algunas competencias en este ámbito. La iniciativa sugiere que el presidente de la República y la Sedena tengan la exclusividad en la aplicación de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

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