¿Qué dice el último artículo de la Constitución de México?
La llamada Carta Magna se compone de 136 artículos y problemente hay pocos que conocen el último de ellos.
CIUDAD DE MÉXICO — Desde la educación básica probablemente los artículos de la Constitución Política más conocidos por los mexicanos son el 3, sobre la educación, el 27 acerca del territorio de México y sus límites por tierra y mar, o el 123 sobre el derecho a tener un trabajo digno, sin embargo quizás el último artículo, el 136, no es tan conocido.
Por este motivo, en este artículo de EL IMPARCIAL desmenuzaremos el artículo 136, el último de la llamada Carta Magna, que rige las leyes del País.
Este artículo establece textualmente que:
La Constitución no perderá su fuerza ni vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. Si esto sucede, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados tanto los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión como los que hubieren cooperado con esta”.
¿De qué trata el artículo 136, último de la Constitución Mexicana?
En el artículo constitucional se resalta la importancia de la Constitución política, incluso cuando exista un movimiento de rebelión, ya que sugiere que es suprema a otras leyes que se impongan y permanente como máxima norma.
De esta forma se desprenden varios puntos de la redacción del artículo como los siguientes:
- Resistencia a la Rebelión: El Artículo 136 destaca la resistencia de la Constitución ante cualquier interrupción causada por una rebelión. Esto subraya la supremacía y permanencia de la Carta Magna como la máxima ley del país.
- Perpetuidad de la Constitución: La cláusula establece que la Constitución de México no perderá su vigor, asegurando su continuidad y validez incluso en tiempos de crisis. Esta disposición sirve como un pilar fundamental para la estabilidad jurídica del país.
- Restauración de la Observancia: En caso de una interrupción, el artículo indica que tan pronto como el pueblo recupere su libertad, se restaurará la observancia de la Constitución. Esto refleja la fe en la capacidad del pueblo para restablecer el orden constitucional.
- Responsabilidad de los Rebeldes: La disposición establece que quienes participen en un gobierno emanado de la rebelión serán juzgados de acuerdo con la Constitución y las leyes derivadas de ella. Este punto enfatiza la rendición de cuentas y la justicia.
- Protección de la Legalidad: Al asegurar que todos aquellos que cooperen con una rebelión serán juzgados, el artículo protege el principio de legalidad y asegura que las acciones inconstitucionales no queden impunes.
- Fuerza Moral y Política: La afirmación de que la Constitución no perderá su vigor, incluso durante una rebelión, le otorga una fuerza moral y política significativa, fortaleciendo la legitimidad del orden constitucional.
- Desincentivar la Rebelión: Al establecer consecuencias claras para aquellos que participen en una rebelión, el artículo actúa como un disuasivo contra intentos de subvertir el orden constitucional.
- Vinculación con la Soberanía Popular: Este artículo pone de manifiesto la idea de que la soberanía reside en el pueblo, quien es el responsable final de defender y restaurar la Constitución.
- Estabilidad Jurídica: Al mantener la vigencia de la Constitución incluso en tiempos de crisis, el artículo asegura la estabilidad jurídica y el marco legal necesario para la recuperación del orden.
- Impulso a la Democracia: La disposición incentiva el mantenimiento de un gobierno democrático y constitucional, fortaleciendo la estructura del estado de derecho en México.
- Integridad Territorial y Política: La capacidad de la Constitución para persistir a través de tumultos políticos refleja un compromiso con la integridad territorial y política del país.
- Esperanza en la Recuperación: Finalmente, el artículo infunde un sentido de esperanza y confianza en que, sin importar las dificultades, el pueblo mexicano tiene la capacidad de restaurar su régimen constitucional y de justicia.