Osiel Cárdenas Guillén, fundador de “Los Zetas”, enfrenta formal prisión por homicidio en contra de 6 personas: ¿Qué significa?
Según la FGR, el narcotraficante enfrenta tres órdenes de aprehensión pendientes por los delitos de homicidio calificado, delincuencia organizada y delitos contra la salud.
CIUDAD DE MÉXICO.— Un juez dictó auto de formal prisión en contra de Osiel Cárdenas Guillén, exlíder del Cártel del Golfo y fundador del grupo armado “Los Zetas”. Según información publicada por El Universal, el narcotraficante enfrenta el cargo de homicidio calificado en contra de seis personas, familiares de un testigo protegido.
Audiencia y declaración del acusado
En la primera audiencia celebrada el 18 de diciembre en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1, conocido como el Altiplano, en el Estado de México, Cárdenas Guillén se declaró inocente. Durante la audiencia, negó los señalamientos realizados por el Ministerio Público Federal.
El acusado, también conocido como “El Mata Amigos”, rechazó su participación en los crímenes que se le imputan.
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Deportación y procesos penales pendientes
El 16 de diciembre, la Fiscalía General de la República (FGR) informó que Osiel Cárdenas fue deportado desde Estados Unidos como resultado de la cooperación internacional entre ambos países.
Según la FGR, el narcotraficante enfrenta tres órdenes de aprehensión pendientes por los delitos de homicidio calificado, delincuencia organizada y delitos contra la salud.
Además, la FGR anunció la reactivación de siete procesos penales federales por cargos adicionales, que incluyen:
- Delincuencia organizada con fines de cometer delitos contra la salud.
- Operaciones con recursos de procedencia ilícita.
- Acopio, portación y posesión de armas de fuego y cartuchos exclusivos del Ejército.
- Cohecho.
- Posible Pena
La Fiscalía estima que, de ser declarado culpable por las órdenes de aprehensión pendientes y los procesos reactivados, Cárdenas Guillén podría enfrentar penas acumuladas de hasta 730 años de prisión.
Las autoridades destacaron que este caso podría sentar un precedente en la lucha contra el crimen organizado y sus estructuras financieras.
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¿Qué significa “formal prisión?
La formal prisión es una figura jurídica en el sistema penal mexicano que se refiere a la resolución de un juez mediante la cual se determina que existen suficientes elementos de prueba para procesar a una persona acusada de un delito grave. Este auto¹ indica que el caso continúa hacia la etapa de juicio y que el acusado deberá permanecer detenido mientras se desarrolla el proceso penal.
Puntos importantes sobre la formal prisión
- No implica culpabilidad: El auto de formal prisión no significa que la persona acusada sea declarada culpable. Es una resolución que indica que hay indicios razonables para que el caso avance.
- Se aplica en delitos graves: Generalmente se emite en casos que ameritan prisión preventiva, como homicidio, secuestro, delincuencia organizada y otros considerados graves por la ley.
- Derecho a la defensa: Aunque se dicte formal prisión, el acusado tiene derecho a seguir defendiendo su caso durante el proceso penal.
- Plazo para resolver: El juez tiene un plazo de hasta 72 horas desde la detención para analizar las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la defensa, y decidir si dicta o no el auto de formal prisión.
- Sustituido en el nuevo sistema penal: Con la implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, el auto de formal prisión fue reemplazado por la vinculación a proceso, que tiene el mismo propósito, pero es más compatible con los principios del sistema acusatorio, como la presunción de inocencia.
¹ En el contexto jurídico, un auto es una resolución escrita que emite un juez o tribunal para decidir sobre un aspecto específico dentro de un proceso judicial. Es un acto procesal que sirve para dar dirección al caso, ya sea resolviendo una cuestión concreta o determinando el curso de la acción legal.
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