Violación de resolución del TEPJF por el Poder Judicial Federal: Amparo no procede, según Sheinbaum
Claudia Sheinbaum denunció que el Poder Judicial Federal (PJF) está violando una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al suspender su proceso de selección de candidatos para la elección judicial de 2025.
CIUDAD DE MÉXICO.-La controversia en torno al proceso electoral para la elección judicial de 2025 cobró fuerza luego de que el Comité de Evaluación del Poder Judicial Federal (PJF) suspendiera temporalmente su proceso de selección de candidatos, tras acatar una suspensión dictada por un juez. Este suceso fue criticado por la Presidenta Claudia Sheinbaum, quien afirmó que dicha suspensión viola una resolución previa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y subrayó que el amparo promovido no es procedente.
Sheinbaum defiende la resolución del TEPJF
Durante una conferencia mañanera, Sheinbaum expresó que el PJF estaba infringiendo una resolución de la Sala Superior del TEPJF, la cual ya había determinado que los amparos en cuestión no tenían validez debido a que se encontraban en el ámbito electoral. Según Sheinbaum, el TEPJF había dejado claro que estos amparos no debían prosperar, y por lo tanto, no era procedente que la Corte respondiera ante tales recursos. La presidenta añadió que, en consulta con el Ministro Zaldívar, se resolvió que la postura del Tribunal Electoral debía prevalecer, ya que la reforma judicial está vinculada con asuntos electorales.
El impacto de la suspensión en el proceso de selección
El Comité de Evaluación del PJF decidió suspender su proceso para seleccionar candidatos a los diversos cargos judiciales que estarán en disputa en las elecciones de 2025. Esta suspensión responde a la orden del juez Primero de Distrito en Michoacán, Sergio Santamaría, quien desde el 20 de diciembre de 2024 emitió una medida cautelar en el amparo 1074/2024, solicitando la suspensión de los procesos de selección impulsados por los comités de evaluación. Esta medida forma parte de los múltiples amparos presentados contra la reforma judicial, que ha sido objeto de controversia.
Posible prolongación de la suspensión
La suspensión, que fue notificada al Comité de Evaluación durante el fin de semana, podría mantenerse vigente por semanas o incluso meses, lo que pone en riesgo el cumplimiento de los plazos establecidos para la presentación de la lista definitiva de candidatos ante el Senado. En teoría, esta lista debe ser entregada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a más tardar el 7 de febrero de 2025. Sin embargo, los comités de otros poderes, como el Ejecutivo y Legislativo, podrían seguir adelante con sus procesos de selección, lo que podría generar una inequidad considerable entre los aspirantes.
Desbalance en el número de aspirantes elegibles
El Comité del PJF había evaluado a un total de 3,814 personas que se inscribieron para los 881 puestos que estarán en disputa en las elecciones judiciales. De estas, sólo 1,046 fueron calificadas como elegibles, lo que contrasta notablemente con los comités del Ejecutivo y Legislativo, que tienen a más de 22,000 aspirantes aptos. Esta disparidad podría generar un desbalance en el proceso de selección, especialmente si los otros comités no acatan la suspensión dictada por el juez.
Controversias sobre la reforma judicial y su implementación
Cabe señalar que la reforma judicial ha estado rodeada de controversias legales desde antes de su aprobación, con varios jueces federales emitiendo suspensiones para detener el proceso. Sin embargo, estas suspensiones no han sido acatadas por las autoridades, incluidas aquellas que ordenaban al Instituto Nacional Electoral (INE) detener la organización de la elección judicial. Esta situación ha sido posible gracias a una sentencia del TEPJF, que ratificó que el proceso de selección no puede ser detenido por las suspensiones emitidas en el marco de los amparos.
La Corte resuelve sobre los recursos de inconformidad
El Comité de Evaluación del PJF es un órgano independiente, compuesto por académicos y magistrados federales, y su suspensión podría poner en peligro el cumplimiento de los plazos establecidos para la elección judicial. Sin embargo, su decisión se enfrenta a la resistencia de quienes consideran que la reforma judicial debe avanzar para garantizar la renovación de los cargos judiciales de acuerdo con los nuevos criterios establecidos por la ley.
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Por otra parte, en una sesión privada, el Pleno de la SCJN decidió que la mayoría de los 471 recursos de inconformidad presentados por aspirantes eliminados del proceso judicial serán resueltos por el TEPJF, y no por la propia Corte, como se había previsto inicialmente. Esto se debe a que la nueva Ley Orgánica del PJF asigna claramente la responsabilidad de resolver estos recursos al TEPJF, que es el encargado de dirimir los asuntos relacionados con los procesos electorales.
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