Edición México
Suscríbete
Ed. México

El Imparcial / México | Noticias de México | EL IMPARCIAL / Seguridad

¿Me pueden multar por poner cámaras de vigilancia afuera de mi casa? Esto dice el INAI

El uso de cámaras de vigilancia se ha vuelto común ante la inseguridad, pero ¿realmente hay sanciones por colocarlas afuera de tu hogar?

¿Me pueden multar por poner cámaras de vigilancia afuera de mi casa? Esto dice el INAI

CIUDAD DE MÉXICO.- La inseguridad en México sigue siendo una preocupación constante para los ciudadanos, lo que ha llevado a muchas personas a instalar cámaras de vigilancia en sus hogares. Sin embargo, en días recientes surgió un rumor en redes sociales sobre posibles multas millonarias para quienes colocaran estos dispositivos afuera de sus domicilios.

Ante la incertidumbre, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) desmintió esta información.

El INAI aclara: No hay infracciones por cámaras de seguridad domésticas

Según el medio WRadio, Julieta Del Río Venegas, comisionada del INAI, confirmó que no existe una sanción específica por instalar cámaras de videovigilancia en hogares o negocios.

Además, junto al abogado Óscar Samuel Montoya, explicó que la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares regula únicamente a aquellos responsables que utilizan datos personales para fines comerciales, de divulgación o prospección. Esto significa que los ciudadanos que usan cámaras para proteger sus hogares no están sujetos a multas.

¿De dónde salió el rumor de la multa millonaria?

El rumor sostenía que las personas que instalaran cámaras de vigilancia y difundieran grabaciones podrían enfrentar sanciones de hasta 18 millones de pesos. La justificación giraba en torno a la posible violación de la privacidad de terceros cuyos rostros fueran captados y compartidos en las grabaciones.

Sin embargo, el INAI ha sido claro: Las cámaras de uso personal no son objeto de multas, siempre y cuando las grabaciones no se utilicen con fines de lucro o difusión no autorizada.

Por ejemplo, una persona graba con sus cámaras un incidente en su jardín, donde un individuo vandaliza sus plantas. Si la víctima comparte el video en redes sociales para identificar al responsable, este último podría argumentar que se hizo un uso indebido de su imagen al ser exhibido públicamente sin un proceso legal previo. Aunque el video puede ser útil para probar un delito en un juicio, también podría desencadenar una contrademanda por uso indebido de datos personales.

En este sentido, el INAI subraya que las imágenes captadas deben usarse estrictamente para propósitos personales o legales, evitando su difusión indiscriminada. Además, recalca que las cámaras instaladas en propiedades privadas no deben apuntar a espacios ajenos, como ventanas de vecinos o áreas públicas, para no invadir la privacidad de terceros.

Tal vez te interese: Trump autoriza redadas en escuelas, iglesias y hospitales, lugares que eran considerados “sitios protegidos”

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Recibe las noticias más importantes del día. Da click aquí

Temas relacionados