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TEPJF ordena reactivar proceso de selección de juzgadores para elección judicial y denuncia a juez por invasión de competencias

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Comité Evaluador del Poder Judicial reanudar en 24 horas el proceso de selección de jueces, magistrados y ministros, tras considerar que un juez de distrito en Michoacán se extralimitó al suspenderlo.

TEPJF ordena reactivar proceso de selección de juzgadores para elección judicial y denuncia a juez por invasión de competencias

CIUDAD DE MÉXICO.-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, con tres votos a favor y dos en contra, que el Comité Evaluador del Poder Judicial Federal (PJF) debe reanudar, en un plazo de 24 horas, la selección de candidatos a jueces, magistrados y ministros. Esta decisión surge tras la suspensión de actividades dictada por el juez primero de distrito en Michoacán, cuya intervención fue considerada una extralimitación e invasión de competencias en materia electoral.

Decisión de la Sala Superior

Los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes respaldaron la medida, argumentando que la suspensión afecta los derechos político-electorales de los aspirantes inscritos en el proceso, quienes podrían quedar excluidos si no se entregan las listas al Instituto Nacional Electoral (INE) antes del 12 de febrero. Advirtieron que cualquier retraso pondría en riesgo la aparición de candidatos en las boletas electorales.

Asimismo, el TEPJF instruyó presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) para que se investigue la actuación del juez Sergio Santamaría, responsable de la orden de suspensión. También dio vista al Consejo de la Judicatura Federal para que evalúe posibles acciones disciplinarias.

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Argumentos legales del TEPJF

La magistrada presidenta Mónica Soto destacó que ningún juez de distrito puede interferir en asuntos electorales ni cuestionar las resoluciones definitivas e inatacables del TEPJF, que es la máxima autoridad en la materia. Subrayó que el tribunal cuenta con autonomía constitucional, por lo que sus resoluciones no están sujetas a control jurisdiccional alguno.

Soto señaló que en materia electoral no procede la figura de suspensión, ya que los procesos deben garantizar continuidad como mandato de orden público. De igual forma, recordó que el Comité Evaluador es un órgano esencial para garantizar la organización y selección de posibles candidaturas, tal como lo establece la Constitución.

Denuncia y sanciones

Además de la denuncia penal, se advirtió que, si el Comité Evaluador no cumple con la sentencia del TEPJF, se le impondrán medidas previstas en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El magistrado Felipe de la Mata enfatizó que la materia electoral es especializada y exclusiva del TEPJF. Declaró nulas las resoluciones emitidas por el juez de distrito, al ser dictadas por una autoridad incompetente en este ámbito. También recordó precedentes del tribunal y de la Suprema Corte que confirman la inconstitucionalidad de suspender procedimientos electorales en curso.

Posturas en contra

Los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora votaron en contra, argumentando que la Suprema Corte de Justicia de la Nación debería resolver este conflicto de competencias. Señalaron la importancia de proteger los derechos de los aspirantes que quedarían fuera de la contienda, dice La Jornada.

Impacto y conclusión

El TEPJF señaló que reafirmó su compromiso de garantizar los principios de certeza y continuidad en los procesos electorales. La decisión obliga al Comité Evaluador del PJF a retomar de inmediato sus actividades, asegurando la organización y desarrollo del proceso en curso. Esta resolución también, indicó, refuerza la autonomía e independencia del tribunal frente a interferencias externas, marcando un precedente en la defensa de su jurisdicción exclusiva en materia electoral.

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