La millonaria cantidad que Enrique Graue, ex rector de UNAM, debe pagar a la asesora de tesis de la ministra Yasmín Esquivel
Una jueza determinó que el ex rector incurrió en daño moral contra la profesora Martha Rodríguez.

CIUDAD DE MÉXICO.- — Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México ha determinado que Enrique Graue, exrector de la UNAM, y Fernando Maceda Chagolla, exdirector de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón, incurrieron en daño moral en perjuicio de la profesora Martha Rodríguez.
Como resultado, ambos deberán pagar una indemnización de 15 millones de pesos y se les ha prohibido realizar declaraciones públicas sobre la docente, informó el portal de la revista Proceso.
La resolución, emitida el pasado 28 de febrero por la jueza Flor de María Hernández Mijangos, titular del Juzgado Cuarto de lo Civil de Proceso Escrito, establece que “los condenados, Enrique Luis Graue Wiechers y Fernando Macedo Chagolla obraron ilícitamente con malicia efectiva al haber realizado públicamente en diversos medios informativos, manifestaciones dolosas, carentes de veracidad e imparcialidad respecto de la actora, irrogando un daño moral al haber atacado su honor y reputación”.
Yasmín Esquivel y la tesis de Edgar Ulises Bárez
Martha Rodríguez, quien fuera asesora de tesis de la ministra Yasmín Esquivel Mossa y de Edgar Ulises Báez, quedó en el centro de la polémica cuando en diciembre de 2022 se reveló que los trabajos recepcionales de ambos, presentados en 1987 y 1986 respectivamente, eran prácticamente idénticos.

Este hecho llevó a que Esquivel Mossa, quien actualmente compite en la elección judicial del próximo 1 de junio, fuera señalada por presunto plagio en su tesis de licenciatura.
Ante la controversia, el Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón llevó a cabo un análisis de ambas tesis y concluyó que la ministra había copiado una parte sustancial del contenido del trabajo de Báez Gutiérrez.
FES Aragón también investigó a la asesora de tesis de Yasmín Esquivel y le rescindió el contrato
Posteriormente, la FES Aragón inició una investigación administrativa contra Rodríguez, notificándole mediante el oficio FESAR/DIRA/OJUR/002/2023 su citación a audiencia para el 12 de enero de 2023.
El oficio en cuestión contenía un recuento de los hechos y pruebas que la FES tenía hasta el momento, además de advertir a Rodríguez que, de acreditarse su participación en dichas conductas, se procedería a la rescisión de su contrato con la UNAM.

En su demanda, Rodríguez argumentó que este documento reflejaba opiniones infundadas del director de la FES Aragón, quien la señalaba como partícipe de conductas particularmente graves.
Finalmente, el 17 de enero de 2023, tras la audiencia de investigación administrativa, la FES Aragón rescindió el contrato de Rodríguez. Durante la misma, la profesora admitió haber compartido el proyecto de tesis de Esquivel Mossa con Edgar Ulises Báez.
Autoridades universitarias descubrieron tesis similiares
Además, en la investigación surgieron otras seis tesis con características similares a la de la ministra, cinco de las cuales contenían incluso los mismos errores gramaticales.
En su contestación a la demanda, Maceda Chagolla transcribió íntegramente el oficio en cuestión para contextualizar su postura ante la juez. Sin embargo, la juzgadora interpretó este acto como una confesión de responsabilidad.
Dicha confesión efectuada por el codemandado Macedo Chagolla Fernando, al producir su contestación a la demanda, hace prueba plena en su contra, debido a que aceptó el hecho propio que le imputa la demandante, es decir, aceptó que suscribió y firmó el oficio citatorio de 5 de enero de 2023 número FESAR/DIRA/OJUR/002/2023, en su carácter de director de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, y que hizo las manifestaciones arriba señaladas, mismas que el codemandado transcribió”, señala la sentencia.

La profesora también argumentó que la UNAM y el exrector Graue divulgaron públicamente el caso, a pesar de que el proceso debía mantenerse en reserva hasta que existiera una sentencia definitiva.
En particular, mencionó el editorial publicado en la Gaceta Oficial de la UNAM del 12 de enero de 2023, donde el rector refirió las conclusiones del Comité de Integridad de la FES Aragón, así como el mensaje del 26 de enero del mismo año en el que informó sobre las medidas adoptadas por la institución para evitar casos similares en el futuro.
Compartir tesis como referencia no es delito: Asesora de Yasmín Esquivel
Rodríguez subrayó que, en la fecha en que fue señalada, la legislación universitaria no contemplaba como ilícito el hecho de compartir una tesis con un alumno para que tomara referencia en la elaboración de su propio trabajo, argumentando que esto se enmarcaba dentro de la libertad de cátedra.
Afirma la demandante, que no existía en la legislación universitaria en la fecha en que se le atacó, precepto alguno que catalogara como hecho ilícito el que se compartiera con un alumno la tesis de otra alumna, a fin de que tuviera idea de cómo realizar su trabajo de tesis, y que, de acuerdo a la libertad de cátedra, no prohibía la posibilidad de que un alumno conociera la tesis de otro, a fin de tomar una idea de cómo preparar la suya”, expuso la juez en la resolución.
En consecuencia, la juzgadora condenó a Graue y Maceda Chagolla no solo al pago de los 15 millones de pesos, sino también a una rectificación pública.
Se condena a los codemandados Enrique Luis Graue Wiechers y Fernando Macedo Chagolla, a que públicamente aclaren la falta de veracidad e imparcialidad en el tiempo que efectuaron las manifestaciones, expresiones y/o opiniones vertidas con malicia efectiva sobre la demandante; así como a la publicación y/o divulgación del presente fallo, a costa de los demandados, en los medios y formatos donde fueron difundidas las expresiones sobre la actora”.
El fallo también establece que el pago deberá efectuarse en un plazo de cinco días a partir de que la sentencia quede ejecutable:
Se condena a los codemandados Enrique Luis Graue Wiechers y Fernando Macedo Chagolla, al pago en favor de la actora de una indemnización reparatoria, justa e integral, por la cantidad de $15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE PESOS 00/100), monto que deben pagar los demandados, en virtud del daño causado en común a la parte actora, lo que deberán hacer dentro del término de CINCO DÍAS contados a partir de que sea ejecutable la presente sentencia”.
No obstante, los implicados aún tienen la posibilidad de apelar la resolución y, en caso de no obtener un resultado favorable, recurrir a la figura del amparo directo.
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