Aprueban modificación a Código Penal que permite interrumpir embarazo hasta las 12 semanas en Yucatán
Sin embargo, no logró modificar la Constitución local para eliminar la protección a la vida desde la concepción.

El Congreso del Estado de Yucatán ha aprobado una reforma histórica al Código Penal que permite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
La modificación fue aprobada con 22 votos a favor y 13 en contra, logrando una mayoría simple. Esto implica la derogación del artículo 382 del Código Penal, que anteriormente criminalizaba el aborto.
Sin embargo, la reforma no fue completa. Una propuesta adicional para modificar la Constitución local y eliminar la protección a la vida “desde la concepción” no alcanzó la mayoría calificada necesaria.
Esto significa que, después de las 12 semanas, el aborto sigue siendo considerado un delito, con sanciones que van desde tres meses hasta un año de prisión o de 50 a 200 días de trabajo comunitario.
Esta decisión responde a una orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2024 instruyó al Congreso de Yucatán a despenalizar el aborto al considerar que las leyes previas vulneraban derechos humanos fundamentales, como el derecho a decidir sobre la vida reproductiva y el acceso a la salud.
La aprobación parcial ha sido recibida con reacciones mixtas. Colectivos feministas han calificado la reforma como un avance, pero insuficiente, ya que consideran que la falta de modificación constitucional perpetúa barreras sociales y políticas que dificultan el acceso a servicios seguros.
Grupos antiabortistas, por otro lado, celebraron el rechazo a la reforma constitucional, argumentando que protege la vida desde la concepción.
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