Requisitos para la portación de armas en México tras la reforma aprobada por la Cámara de Diputados
La Cámara de Diputados aprobó una reforma que amplía la posibilidad de portación de armas en México. Esta reforma permite a organismos públicos, como la CFE, SAT y Banxico, portar armas si acreditan su necesidad y cumplen con los requisitos establecidos.

CIUDAD DE MÉXICO.-La Cámara de Diputados aprobó una reforma que permite la portación de armas a integrantes de organismos con funciones de carácter público, como la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Servicio de Administración Tributaria (SAT) y Banco de México (Banxico). Además, la reforma amplía el catálogo de armas a las que podrán acceder los ciudadanos y establece la obligación de ejidatarios y comuneros de comprobar su identidad para llevarlas. Con 476 votos a favor y dos abstenciones, el Pleno aprobó con cambios la propuesta del ex presidente Andrés Manuel López Obrador, que modifica 57 artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Organismos públicos y funcionarios autorizados
La reforma establece que podrán portar armas los organismos que por sus funciones acrediten su necesidad de portar armas de fuego, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos establecidos por la ley. Entre los organismos mencionados están empresas públicas, paraestatales, órganos autónomos (CFE, Pemex, Banxico, Casa de Moneda, CNI, SAT) y personas físicas y morales (empresas de seguridad privada).
Requisitos para organismos públicos:
- Necesidad justificada: Deben acreditar su necesidad de portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad.
- Cumplimiento de requisitos legales: Los integrantes de estos organismos deben cumplir con los requisitos exigidos por la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena).
- Información a la Sedena: Las instituciones con licencias colectivas deben informar a la Sedena los detalles de quienes portan el armamento, incluyendo el folio de las credenciales del personal autorizado y la relación de armas bajo su poder.
Ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo
La reforma permite la posesión de armas de fuego autorizadas por la Sedena a ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo, tanto en sus domicilios como fuera de las zonas urbanas, siempre que comprueben fehacientemente su calidad como tales.
Requisitos para ejidatarios, comuneros y jornaleros:
- Comprobación de identidad: Deben presentar documentos que prueben su calidad como ejidatarios, comuneros o jornaleros del campo.
- Tipos de armas permitidas: Pueden poseer en su domicilio y portar fuera de las zonas urbanas un rifle calibre 22 o una escopeta de cualquier calibre, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm (25″) y las de calibre superior a 12 (.729″ o 18.5 mm").
Ampliación del catálogo de armas para personas físicas
La reforma amplía el catálogo de armas de fuego para personas físicas para su seguridad y legítima defensa, siempre que se cumplan con las limitaciones de la ley y se respeten las armas de uso exclusivo del Ejército.
Requisitos para personas físicas:
- Aptitud física y mental: Se debe constatar que el solicitante esté físicamente y mentalmente apto para manejar armas.
- No consumo de estupefacientes: No se permite el consumo de sustancias que afecten la capacidad de manejo de armas.
- Control de uso: La posesión y portación de armas debe estar estrictamente regulada y controlada por la Sedena.
Prohibiciones y restricciones
La reforma prohíbe la fabricación, uso y portación de armas piezas y componentes tridimensionales y realizadas de forma artesanal, excepto los casos de excepción señalados por la ley. También está prohibida la posesión y portación de armas reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Periodicidad para la comercialización de municiones
El proyecto establece una periodicidad para la comercialización de municiones:
- Protección Personal: Anualmente.
- Actividades Cinegéticas: Trimestralmente.
- Personal Acreditado del Ejército: Mensualmente.
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Debate y opiniones
El diputado Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano, celebró que las nuevas disposiciones obliguen a los organismos e instituciones recién facultados a informar a la Sedena los detalles de quienes portan el armamento, asegurando un mayor control y prevención del uso indebido de las mismas armas.
La diputada priista Lorena Piñón Rivera destacó que la iniciativa abona en la procuración de seguridad para candidatos que, pese a amenazas, emprenden campañas electorales en Veracruz, donde se renovarán los 212 ayuntamientos el próximo 1 de junio.
Proceso de aprobación
El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados y será turnado al Senado para su discusión y posible aprobación.
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