AMLO prohíbe por decreto la comercialización de vapeadores y cigarros electrónicos desde hoy
La medida, de acuerdo con el decreto, se fundamenta en los artículos cuarto, quinto y 132 de la Constitución, en el derecho a la salud de todos los mexicanos, el interés superior de la nilñez y hasta por “motivos de seguridad”.
CIUDAD DE MÉXICO.- El decreto que prohíbe la comercialización y circulación de los vapeadores y cigarrillos electrónicos entró en vigor hoy por la tarde al publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares sin Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas”, establece en su Artículo Primero.
El decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en su Artículo Segundo ordena que “a quien incumpla con lo señalado en el artículo primero se le aplicarán las sanciones que señalen las disposiciones jurídicas aplicables”.
En un trasitorio el decreto precisa que la nueva disposición entrará en vigor “el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”; es decir, hoy por la tarde.
Prohíben por decreto vapeadores y cigarrillos electrónicos
La medida, de acuerdo con el decreto, se fundamenta en los artículos cuarto, quinto y 132 de la Constitución, en el derecho a la salud de todos los mexicanos, el interés superior de la niñez y hasta por “motivos de seguridad”.
“Ciertamente, el artículo 5o. reconoce la libertad de comercio, siempre que sea lícito; sin embargo, establece la facultad de la autoridad para que, en uso de sus atribuciones, pueda restringir dicha libertad mediante resolución gubernativa cuando se ofendan los derechos de la sociedad, como en este caso en que se ofende el derecho a la salud en su dimensión social con la comercialización de las mercancías referidas”, indica.
El Estado, precisa, debe velar por las personas vulnerables al evitar su exposición a productos novedosos y emergentes que inducen a riesgos y daños graves para la salud.
“Es idónea la prohibición de la circulación y comercialización de dichas mercancías, cualquiera que sea su procedencia, de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que es facultad privativa de la Federación reglamentar en todo tiempo y aun prohibir, por motivos de seguridad, su circulación en el interior de la República”, precisa.
¿Qué establece el decreto contra vapeadores y cigarros electrónicos?
El decreto establece que la libre comercialización de cualquier tipo de "vapeadores" afecta de forma general a la sociedad y, por lo tanto, todo lo relacionado con ellos es de suma relevancia al estar ante un riesgo evidente que compromete la seguridad a la salud de gran parte de la población mexicana.
El Presidente expone que la prohibición a la comercialización de los vapeadores constituye uno de los pilares fundamentales de contención a la actual situación de alerta sanitaria, cuestión de orden público, “en tanto que evita una afectación a la salud de todos los integrantes de la sociedad mexicana, y de seguridad porque actualiza una amenaza a la salud de la población existente en el territorio nacional”.
La medida, explica, busca evitar el ruesgo de que los niños y jóvenes adquieran desde muy temprana edad un hábito que perjudica su salud a largo plazo y que por ende afectará su calidad de vida.
En el decreto se argumenta que aunque existe el derecho al libre desarrollo de la personalidad del individuo y, por tanto, a adquirir y consumir esas mercancías debe ser respetado “éste no es absoluto”.
“Cuando una persona, derivado de la compra y consumo de estos productos, cae en una situación de enfermedad o de incapacidad permanente, se genera un alto impacto económico y psicoemocional a su entorno familiar y adicionalmente al sistema de salud del país, que se traduce en una afectación individual, familiar y a la sociedad en general”, indica.
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