CDMX: Maltrato animal podrá castigarse hasta con 10 años de cárcel
Con esta medida se busca frenar la <strong>crueldad animal </strong>en todas sus versiones.
CIUDAD DE MÉXICO.- A partir de ahora quien maltrate a un animal en la Ciudad de México y le cause la muerte podrá pasar hasta diez años en prisión, esto luego de que el 6 de febrero pasado el Congreso capitalino aprobara con 51 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones una serie de reformas al Código Penal, las cuales ya fueron publicadas en la Gaceta Oficial de la CDMX.
Las reformas hechas a las leyes de Protección Ambiental y de Cultura Cívica de la CDMX, así como al Código Penal local, buscan que el maltrato animal, el abandono, la mutilación por cuestiones estéticas, el envenenamiento, secuestro, crueldad, mataderos clandestinos y el uso de animales con fines sexuales desaparezca.
Según recoge el diario Publimetro, los castigos para quienes abandonen a un animal en vía pública van de cinco meses a un año de cárcel; quien maltrate a un animal o realice actos de crueldad con uno, seis años de prisión, mientras que quien le provoque la muerte a un animal por maltrato, recibirá una pena de hasta 10 años de cárcel.
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Más castigos contra la crueldad animal en la CDMX
Por su parte, Jesús Sesma Suárez, diputado local y presidente de la Comisión de Bienestar Animal, indicó que la reforma al artículo 350 Ter, estipula que el maltrato o crueldad animal se castigará también con penas de dos a seis años de prisión, mientras que los que usen métodos que lleven a un animal a una muerte no inmediata, que provoque sufrimiento y prolongue la agonía el animal, pasará hasta 10 años tras las rejas.
Las sanciones previstas se incrementarán hasta en dos terceras partes. Si ponen en peligro la vida de la especie animal, cuando le cause un daño temporal o permanente que le provoque la falta de movilidad de alguna parte de su cuerpo; afecte el normal funcionamiento de alguno de sus órganos y se mutile con algún fin, distinto a cualquier procedimiento médico veterinario relacionado con la salud y bienestar de cualquier animal”, detalló.
A su vez, quien maltrate o sea cruel con algún animal provocándole lesiones, daño o alteraciones en su salud, tendrá una sanción de uno a tres años de prisión.
Además, el artículo 350 Bis también contempla sanciones de 300 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
Finalmente, quien organice, patrocine, administre o establezca algún espacio destinado a la matanza o sacrificio de animales de abasto sin tener permiso de las autoridades (rastros clandestinos) recibirá una multa de mil a cinco mil veces la UMA vigente, de dos a cuatro años de cárcel y la clausura del lugar por el tiempo de la pena de prisión que se imponga.
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