Cambié de domicilio sin avisar al SAT: ¿Puedo ir a prisión?
La sanción en caso de omitir este procedimiento va entre los tres meses hasta los tres años en prisión.
CIUDAD DE MÉXICO.- Al cambiar de domicilio, muchas preocupaciones aparecen en la mente de las personas pero, ¿Una de ellas debería ser notificar al SAT sobre esta modificación de localización del individuo como tributario? ¿Podría acabar en prisión en caso de omitirlo?
Una persona puede ser sancionada con pena privativa de la libertad si no se le notifica al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el cambio de domicilio.
En el artículo 110 del Código Fiscal de la Federación, se establece lo anterior, especificando que si se desocupa el domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio, se establecen las hipótesis delictivas, mismas que derivan en el tiempo de prisión.
Entonces, es conveniente saber que como contribuyentes, es importante tener en cuenta al estar en un proceso de fiscalización o con un crédito fiscal en proceso de defensa, se debe presentar el aviso de cambio de domicilio y verificar que sea aceptado para evitar problemas con la justicia.
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De tres meses a tres años en prisión
Al dejar pasar esa responsabilidad, la pena en caso de omitir este procedimiento va entre los 3 meses hasta los tres años en prisión.
Dicho artículo establece que se impondrá una sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio fiscal al registro federal de contribuyentes, después de la notificación de la orden de visita.
Por lo tanto, desaparecer de su domicilio no resolverá el problema, sino por el contrario su situación puede agravarse al incurrir en un delito fiscal que puede tener consecuencias penales.
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