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INE niega medidas cautelares contra Sheinbaum por actos anticipados de campaña

El INE señaló que no existe justificación para que, en este momento, se dicte una medida cautelar que tenga por objeto el retiro, remoción o suspensión de los mensajes, lonas y barda denunciadas, pues el Proceso Electoral Federal 2024 inicia en septiembre de 2023.

INE niega medidas cautelares contra Sheinbaum por actos anticipados de campaña

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares solicitadas en contra de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum.

Detallaron que su Comisión de Quejas y Denuncias declaró como improcedente la medida cautelar solicitada por Oscar Fernando Carbajal Pérez, así como las representaciones del Partido Acción Nacional (PAN) en Guerrero, Guanajuato y Zacatecas en contra de Claudia Sheinbaum Pardo.

Esto, por la realización de actos anticipados de precampaña y campaña, así como promoción personalizada de cara al Proceso Electoral Federal (PEF) para la renovación del o la titular del Poder Ejecutivo 2023-2024, derivado de la pinta de bardas, colocación de mantas, anuncios espectaculares y hashtags en redes sociales que buscan posicionar a Sheinbaum Pardo como aspirante a la Presidencia de la República.

La Comisión de Quejas consideró que no existe justificación para que, en este momento, se dicte una medida cautelar que tenga por objeto el retiro, remoción o suspensión de los mensajes, lonas y barda denunciadas, debido a que el Proceso Electoral Federal 2024 inicia en septiembre de 2023.

Hashtag “EsClaudia”

Respecto al hashtag “EsClaudia”, concluyeron que si bien es cierto que en la mayoría se identifica a la Jefa de Gobierno con dicha etiqueta, también lo es que se trata de publicaciones realizadas por diversas personas usuarias de redes sociales en favor y en contra de dicha servidora pública, sin que de la investigación preliminar se aprecie que haya mediado pago alguno para hacer popular el referido hashtag.

Tampoco consideran que el uso de cuentas institucionales para realización y difusión de la referencia “EsClaudia”, además que, para acceder a dichas publicaciones en cuentas de Facebook y Twitter, se requiere de un acto volitivo para su visualización.

En consecuencia, la Comisión consideró que no existe urgencia para suspender la difusión del contendido, pues bajo la apariencia del buen derecho, el uso de la etiqueta “EsClaudia” en redes sociales, pues no pone en riesgo algún principio rector del PEF 2024.

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