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¿Qué es la alerta de violencia de género contra las mujeres?

Son acciones  tomadas por el Gobierno como una medida de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio.

¿Qué es la alerta de violencia de género contra las mujeres?

CIUDAD DE MÉXICO.-La alerta de violencia de género (AVGM) es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres que lo emite el Gobierno de México.

La alerta está establecida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

¿En qué consiste la alerta de violencia de género contra las mujeres?

Son acciones tomadas por el Gobierno como una medida de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, en un territorio determinado (municipio o entidad federativa); la violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad.

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¿Cuál es el objetivo fundamental de la alerta?

Al emitir dicha alerta de violencia se busca garantizar la seguridad de mujeres y niñas, terminar con la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos.

¿Qué es la violencia feminicida?

Es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasionada por la violación de sus derechos humanos, en los espacios público y privado; está integrada por las conductas de odio o rechazo hacia las mujeres, que pueden no ser sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.

¿Cuándo se presenta un agravio comparado?

Cuando un ordenamiento jurídico vigente o una política pública contengan alguno de los siguientes supuestos y éstos transgredan los Derechos Humanos de las Mujeres:

  • Distinciones, restricciones o derechos específicos diversos para una misma problemática o delito, en detrimento de las mujeres de esa entidad federativa o municipio;
  • No se proporcione el mismo trato jurídico en igualdad de circunstancias, generando una discriminación y consecuente agravio, o
  • Se genere una aplicación desigual de la ley, lesionándose los Derechos Humanos de las Mujeres, así como los principios de igualdad y no discriminación.

¿Cómo se solicita la alerta de género?

1.-Admisión de la solicitud:

Presentada por:

  • Organización civil
  • Organismos de Derechos Humanos internacionales, nacionales o locales.

2.-Conformación de grupo de trabajo

Conformados por:

Representantes de las siguientes instituciones:

  • Inmujeres
  • Conavim
  • CNDH
  • Representantes del mecanismo para el adelanto de las mujeres en la entidad
  • Cuatro personas seleccionadas por convocatoria pública; dos académicos nacionales y 2 locales

3.-Investigación del grupo de trabajo

  • Visita de campo del grupo de trabajo en el territorio
  • Integración del informe del grupo de trabajo y entrega a la Segob

El informe incluye:

  • Conclusiones y propuestas para prevenir y atender la violencia contra las mujeres. El estado tiene 6 meses para su cumplimiento.
  • Notificación el Ejecutivo del Estado.

4.-Dictaminación del grupo de trabajo

  • Se analizan las acciones realizadas por el Estado y el grupo de trabajo realiza un dictamen
  • Entrega del dictamen del grupo de trabajo a la Segob

Teniendo en cuenta las conclusiones del dictamen, Segob declara o no la alerta de género.

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