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Reforma impedirá que agresores vendan bienes adquiridos en matrimonio en CDMX

La reforma quedó establecida en el artículo 71, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Reforma impedirá que agresores vendan bienes adquiridos en matrimonio en CDMX

MÉXICO.- Una reforma que prohíbe al agresor de su pareja, vender o transferir los bienes que tengan en sociedad conyugal o que estén en un domicilio común, aprobó el Congreso de la Ciudad de México.

La reforma quedó establecida en el artículo 71, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se señala que son: “Nulas de pleno derecho aquellas- ventas o transferencias- que se realicen por el agresor”.

La reforma, propuesta por la jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum, generó un fuerte debate en la sesión virtual del pleno, según lo publicado por Exclélsior.

Durante la sesión el diputado local del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Jorge Gaviño, afirmó estar de acuerdo en la protección de la integridad de las mujeres, pero el que un agresor no disponga de los bienes en propiedad conyugal, consideró, no la debe dictar el agente del Ministerio Público o el juez.

Explicó que se puede dictar conforme a ciertos parámetros, pero no en todos los casos y dijo que el derecho de la propiedad es real, por lo que un agente del Ministerio Público no podrá contra una propiedad personal.

“En contraste sí puede hacerlo por sociedad conyugal o con bienes que fueron adquiridos inclusive en concubinato o separación de bienes”, expuso, según el texto de Excélsior.

El diputado local dio estos argumentos para presentar una reserva a la reforma, pero fue rechazada y se aprobó.

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