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¿Cuál es la nacionalidad del un bebé si nace en un vuelo internacional?

La IATA brindó algunos consejos para mujeres embarazadas que viajan en avión

Ciudad de México, 21 de marzo de 2024 – El pasado 15 de marzo, durante un vuelo de Aeroméxico de la CDMX a Ciudad Juárez, Chihuahua, ocurrió un evento extraordinario: el nacimiento de un bebé a bordo. La tripulación y una doctora presente en el vuelo brindaron asistencia, y tanto la madre como el bebé fueron trasladados a un hospital para recibir atención médica.

Este caso viral ha suscitado interés entre los usuarios de Internet: ¿cuál sería la nacionalidad del bebé nacido en un vuelo internacional? La respuesta varía según las leyes de cada país.

Principio de jus soli (derecho de suelo)

La nacionalidad del bebé que nace en un vuelo internacional puede variar dependiendo de las leyes de los países involucrados y de las convenciones internacionales aplicables. En muchos casos, la nacionalidad del bebé se determina por el principio de jus soli (derecho de suelo), que establece que un bebé nacido dentro del territorio de un país adquiere la nacionalidad de ese país, independientemente de la nacionalidad de sus padres.

Sin embargo, en el contexto de los vuelos internacionales, el principio de jus soli puede no ser aplicable debido a la falta de territorio del país de destino en el momento del nacimiento. En su lugar, la nacionalidad del bebé podría determinarse según la nacionalidad de los padres o por otros criterios legales específicos del país de origen de la aeronave o del país en el que aterriza el avión en caso de emergencia.

En México, la legislación establece que una persona será considerada mexicana si:

  • Nace dentro del territorio mexicano, sin importar la nacionalidad de sus progenitores.
  • Nace en el extranjero, siendo hijo de padres mexicanos, ya sea de madre o padre mexicano.
  • Nace en el extranjero y es hijo de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización o de madre mexicana por naturalización.
  • Nace a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.

La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) recomienda que las mujeres embarazadas eviten volar en avión después de las 36 semanas de embarazo, incluso si no han experimentado complicaciones. Aunque no hay una normativa estricta que lo prohíba, estas sugerencias se hacen por precaución para la salud tanto de la madre como del bebé.

En caso de que sea necesario volar debido a una emergencia, las aerolíneas pueden requerir cierta documentación, como:

  • Una autorización del médico que lleva el embarazo, especificando la fecha límite para viajar y la duración prevista del vuelo.
  • El nombre completo de la pasajera embarazada.
  • En algunas circunstancias, un formulario de consentimiento proporcionado por la aerolínea que detalle los posibles riesgos del viaje y la conformidad de la persona embarazada.

Estas medidas tienen como objetivo garantizar la seguridad y el bienestar tanto de la madre como del bebé durante el vuelo.