Improcedentes 80% de denuncias por amenazas
La mayoría de las denuncias de amenazas no son delitos, señala la PGJE ya que no se confirma una afectación emocional.
Poco más de 80% de las denuncias que se han recibido ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) por delito de amenazas, al ser analizadas se confirma que no son un delito.
Esto ya que al realizar exámenes de afectación emocional se confirma que no existe algo que perjudique la forma de vivir de la víctima de amenaza, por lo que no se da el delito tal cual. Lo anterior fue informado por Antonio Luis Vega Tapia, coordinador de la Unidad de Tramitología Masiva de Causas (UTMC) de la Procuraduría, añadiendo que en el año se han judicializado cuatro casos.
“En estos casos han sido beneficiados los cuatro asuntos desde el punto de vista del ofendido, pero también del imputado, por medio de acuerdos reparatorios, han llegado a un acuerdo de no seguirse molestando”, manifestó.
Esto es algo de lo que se busca por las autoridades evitando que se consume la amenaza en contra de la víctima, para prevenir iniciar otro delito que pudiera ser de lesiones o algo más. “¿Por qué es mejor estas salidas?, porqué lo mejor es que las partes no lleguen a un delito, (…) y lo hemos logrado ya que ninguno de estos se ha consumado”, agregó.
De acuerdo al Código Penal de Baja California el delito de amenazas tiene una pena de seis meses en prisión, el cual puede tener una pena de prisión alternativa. Esto quiere decir que la pena puede ser intercambiada por trabajo a favor de la comunidad, pero debido hasta la fecha en ningún caso se ha logrado llegar a estos puntos.
Detalló Vega Tapia que el 20% de los casos que se tienen por delito de amenazas se constató que no se da el delito, se continua en la investigación o ya no se le da seguimiento “O definitivamente es que no se va con el juez, no se da el delito, pero otorgan el perdón, es decir que ellos por su cuenta llegaron a un arreglo con la persona”, detalló.
Actualmente dentro de la Unidad Investigadora se cuenta con herramientas que facilitan a culminar con los asuntos de forma más rápido, las cuales son las medidas de protección.
“La medida de protección están establecidas en código nacional y son emitidas por el Ministerio Público, donde se le notifica al imputado que no debe realizar actos de molestia al denunciante”, dijo.
El no cumplir con las medidas de protección, enfatizó, que se judicializar inmediatamente el asunto o pedir medidas de protección más gravosas, pero ya ante un juez, llegando al arresto.
EN DATOS
•En lo que va del 2019 se han realizado un total de 594 denuncias ante la autoridad por este delito, mientras que en todo el 2018 se denunciaron 789 delitos.
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