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El Imparcial / Policiaca / Violencia contra la mujer

Mamá de Diana Mía no pudo ser la heroína que la sociedad quería que fuera

El abogado que logró la liberación de la madre de la niña asesinada en el 2016 señala que la resolución del Tribunal Superior de Justicia del Estado sienta un precedente en perspectiva de género.

Mamá de Diana Mía no pudo ser la heroína que la sociedad quería que fuera

Durante el juicio oral, a Diana Esmeralda no pudieron comprobarle que ella haya actuado activa y materialmente en la muerte de su hija, Diana Mía, en el 2016, y buscaron sentenciarla por omisión, sin entender el contexto en el que ocurrió la muerte de la niña, explica Francisco Alberto García Carrasco.

El abogado que llevó la defensa de Diana Esmeralda explicó que, con un enfoque de perspectiva de género, la Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, resolvió que la madre de Diana Mía no era penalmente responsable de lo ocurrido.

En entrevista para LA CRÓNICA, el abogado defensor agregó que se trata de una sentencia novedosa, que aborda las circunstancias y entornos de violencia en los que una mujer se desenvuelve y le impiden ser la heroína que la sociedad espera que deba ser.

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El proceso

Aunque inicialmente se pactaron honorarios, el despacho de García Carrasco asumió el caso pro bono al percatarse de una serie de irregularidades y violaciones a Derechos Humanos de Diana Esmeralda.

Entre ellas se encontraba un diferimiento de hasta 9 veces de las audiencias y de una medida cautelar de prisión preventiva de más de dos años, además de las sugerencias de una ex defensora para que se declarara culpable en un juicio abreviado.

Por la naturaleza del tipo de delito, a Diana Esmeralda se le había prejuzgado como culpable, incluso para algunos más allá que el propio feminicida y violador de la niña (quien junto con un amigo se deshizo del cuerpo), solamente por “no hacer nada” al ser su mamá.

Al abogado le reprocharon y criticaron haber tomado la defensa del caso, pero supo que iba por el camino justo y correcto cuando platicó con Diana Esmeralda y detectó señales que normalmente no se aprecian a simple vista. “Había que hacer visible lo invisible”, dijo.

Perspectiva

Entre los alegatos presentados en el juicio, la Fiscalía no pudo comprobar que Diana Esmeralda haya participado activamente en el feminicidio o en la violación de su hija. Posteriormente buscaron hacerla penalmente responsable por omisión.

La defensa presentó alegatos, entrevistas y datos que explican el contexto de violencia económica, física y emocional de la que Diana Esmeralda era objeto, no solo en su última relación, sino en toda su familia, desde tres generaciones atrás.

“Todos esperamos una conducta heroica de un padre, es lo ideal, lo que dice el libreto, se nos exige, pero a veces puede ser física y materialmente imposible, sobre todo si has crecido entre violencia y vulnerabilidad”, comentó García Carrasco.

Diana Esmeralda, sin trabajo, sin más familia en Mexicali y sometida a un patrón de violencia toda su vida, tuvo un episodio de miedo insuperable cuando ocurrió lo de su hija, y esto fue explicado por peritos psicólogos ante el tribunal.

El haber presenciado el último acto de agresión en contra de su hija la paralizó, le causó un trauma y colapso que ni siquiera ella había identificado en su momento, pero que le decía que ella era inocente, a pesar de sentir la culpa natural de no haber podido salvar a su hija.

Se trataba de abordar la perspectiva de género en su caso, pero en julio del 2021 fue declarada culpable en juicio oral. Su defensa interpuso el recurso de apelación de la sentencia, que finalmente se resolvió con su liberación.

Francisco Alberto García Carrasco. Foto por: Javier Gallegos.

Trató de salvarla

Entre los alegatos que presentaron ante los jueces y magistrados, fue la búsqueda de ayuda de Diana Esmeralda para su hija, pues incluso 15 días antes, le envió mensajes a su papá biológico para que fuera por ella, pues temía que su pareja le hiciera daño.

La mamá de Diana Mía había sido amenazada por su pareja sentimental, incluso había amenazado con hacerle daño al papá biológico de la niña y a sus abuelos, para lo cual obtuvo imágenes de sus domicilios que le mostró a Diana Esmeralda.

El padre de Diana Mía le respondió a sus mensajes que no podía acudir a Mexicali por ella, al menos no de inmediato. Dos semanas después, la niña había sido asesinada.

Precedente

La resolución de la Quinta Sala sienta un precedente y un parteaguas en la impartición de justicia con perspectiva de género, consideró García Carrasco. Aunque se resolvió la parte legal, sabe que el reproche social solamente puede cambiarse al ponerse en los zapatos de mujeres como ella y entender el contexto de violencia de género en la que ha estado sometida toda su vida.

García Carrasco explicó que no cumplir con esa participación heroica esperada por la sociedad, no es un equivalente a ser un criminal, y que por ello es importante el contexto de este tipo de casos.

“Juzgamos lo que podemos ver, pero a veces en lo que no podemos ver, ahí está la respuesta”, comentó. “Con la perspectiva de género, es necesario hacer visible lo invisible, es nadar a contracorriente”.

El abogado recordó que la tipificación de feminicidio nació de esta perspectiva de género en la impartición de justicia.

Diana Esmeralda pasó seis años en prisión, señalada por el Estado y por la sociedad como culpable de no haber salvado a su hija. Ahora, en libertad, puede vivir su duelo y tratar de recuperar lo que el prejuicio del sistema le ha quitado.

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El Caso

El cuerpo de la pequeña Diana Mía, de 5 años, fue hallado sin vida en el canal Tulichek el 26 de junio del 2016, sin que en ese momento se hubiera hecho un reporte o denuncia por su desaparición.

Estaba envuelto en una lona y atado con cables al depósito de un escusado, con el que buscaban hundir su cuerpo en el canal.

La Fiscalía General del Estado (FGE) inició la investigación y la única línea que se desahogó fue la de los padres, quienes fueron detenidos un día después.

Tras años de iniciado el proceso, el padrastro Efrén Damián Martínez Magaña, aceptó su culpabilidad y le dieron 25 años de prisión como sentencia. Diana Esmeralda, la madre, se fue a juicio oral, donde buscaban demostrar su inocencia.

La madre de la niña inició su juicio el pasado 18 de junio de 2021 y en el transcurso de un mes desahogaron pruebas y testimonios recabados por la Fiscalía General del Estado integradas a la carpeta desde el 26 de junio de 2016, cuando encontraron el cuerpo de la niña.

La causa de muerte de la menor, de acuerdo al Servicio médico Forense (SEMEFO) fue una hemorragia y traumatismo craneoencefálico.

El Expediente:

Causa Penal: 01608/2016

NUC: 02-2016-26243

Cargos: Feminicidio, violación agravada (cometida por dos o más personas), violación agravada (cometida por padrastro contra hijastro)

Sentenciado: Efrén Damián (padrastro)

Exonerada: Diana Esmeralda (madre)

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