Qué significa ser apátrida y qué supone que un país despoje de la nacionalidad a sus ciudadanos como ha hecho Nicaragua con más de 300 opositores
La decisión de las autoridades nicaragüenses de despojar y mandar al destierro a centenares de opositores implica la imposición de un tipo de pena considerada infame en el derecho internacional.
Cuando fue condenado a la pena de muerte en Atenas en el año 399 A.C., Sócrates tuvo la posibilidad de salvar su vida proponiendo cumplir una pena distinta -el destierro- que fuera aceptable para sus jueces.
Pero el famoso filósofo griego eligió morir.
Y es que el exilio, estar fuera de la ciudad donde había pasado su vida y a cuyo servicio se había dedicado, era para él un castigo peor.
De haber preferido marcharse, Sócrates se habría convertido en un apátrida, una condición que según cálculos de la ONU afecta a millones de personas en el mundo y a las que en las últimas semanas se le han sumado unos 300 opositores nicaragüenses, que fueron despojados de su nacionalidad por las autoridades de ese país.
De acuerdo con la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), la apatridia tiene diversas causas que incluyen la discriminación contra ciertos grupos originada con frecuencia por diferencias étnicas o religiosas, o por cuestiones de género; la aparición de nuevos Estados y las transferencias de territorio entre los Estados existentes; los vacíos en las leyes de nacionalidad; así como por la pérdida o la privación de la nacionalidad como consecuencia de decisiones tomadas por los Estados.
Se trata, en todo caso, de un problema que tiene graves consecuencias para las personas que lo sufren, pues pierden un derecho que sirve como base para acceder a muchos otros derechos importantes que en el mundo contemporáneo se dan por sentados.
Existen personas apátridas en casi todos los países y regiones del mundo, según ACNUR.
Uno de los grupos más afectados son los rohingyas, una minoría predominantemente musulmana que durante décadas han sufrido persecuciones en Myanmar, donde residen. En su caso, el Estado no los reconoce como ciudadanos, porque los considera migrantes procedentes de Bangladesh.
Los rohingyas, por su parte, afirman ser descendientes de comerciantes árabes y haber vivido allí durante generaciones.
Se calcula que un millón de rohingyas han buscado refugio en los países vecinos de Myanmar debido a la persecución que enfrentan.
En América Latina, el caso reciente más conocido de apatridia es el de decenas de miles de personas nacidas en República Dominicana pero que no se les reconoce como ciudadanos por ser descendientes de migrantes, mayormente haitianos.
El caso de los opositores nicaragüenses es distinto.
Una pena "desproporcionada"
El pasado 9 de febrero, las autoridades de Nicaragua dejaron en libertad a 222 opositores del gobierno del presidente Daniel Ortega que estaban presos y los "deportaron" a Estados Unidos, tras declararlos como "traidores de la patria", despojarles de la nacionalidad nicaragüense y privarles de sus derechos ciudadanos de forma perpetua.
Una semana más tarde, este 16 de febrero, otros 94 opositores -muchos de los cuales ya estaban viviendo en el exilio- corrieron la misma suerte: fueron declarados traidores a la patria, despojados de su nacionalidad y privados de sus derechos ciudadanos a perpetuidad.
Además, fueron declarados como prófugos de la justicia y se ordenó el decomiso de los bienes inmuebles y sociedades en las que tuvieran participación.
Ambas medidas fueron tomadas en el marco formal de procesos penales y dadas a conocer como sentencias de tribunales nicaragüenses. No obstante, se trata de acciones duramente cuestionadas por organizaciones y expertos en derechos humanos.
"Advertimos que la deportación es completamente inaplicable en este caso, porque esta es una figura jurídica migratoria que se aplica específicamente a extranjeros que han cometido delitos en este país. Están llamándole deportación a un destierro que está absolutamente prohibido en todas las legislaciones y las normas internacionales de derechos humanos", expresó en un comunicado el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos tras conocerse la expulsión del grupo de 222 opositores.
ACNUR, por su parte, emitió un comunicado en el que expresó su preocupación por lo que ocurre en Nicaragua y recordó que la legislación internacional prohíbe "la privación arbitraria de la nacionalidad por motivos raciales, étnicos, religiosos o políticos".
BBC Mundo se puso en contacto con la oficina de prensa del Poder Judicial de Nicaragua para consultarles sobre los señalamientos hechos en este artículo, pero no se recibió respuesta.
Fernando Fernández, experto en Derecho Penal Internacional y profesor de la Universidad Central de Venezuela, señala que, al convertir a estos opositores en apátridas y enviarlos al destierro, las autoridades nicaragüenses están aplicando una pena infame.
"Ellos no son extranjeros y ahora los convirtieron en nada y en nadie. La decisión de las autoridades de Nicaragua los puso en una situación terrible, porque los deja en un limbo, sin ningún referente. Ningún Estado te va a recibir si no tienes nacionalidad y, en consecuencia, no tienes pasaporte. Y no puedes ir a tu país porque eres nada, eres nadie. Conservas tu nombre, pero desapareces de las actas legales y administrativas del Estado", dice el experto a BBC Mundo.
"Cuando pierdes la nacionalidad, pierdes la condición de ciudadano y de persona reconocida por el derecho. Pierdes la ciudadanía y cualquier vínculo con la tierra. ¿Qué te ata a tu tierra? Lo que se llama el ius soli. El hecho de nacer en una tierra", agrega.
Explica que esa pena de destierro era algo que aplicaban los reyes absolutistas y que también existía en el viejo derecho griego como se ve en el caso famoso de Sócrates.
"Es una pena infame porque te condena a lo que los romanos llamaban la muerte civil, porque te quedas sin ninguna capacidad legal. El desterrado se queda sin tierra, sin raíces, sin nada. En la antigüedad era terrible, porque perdías el arraigo a la ciudad y quedabas expuesto a lo que pudieran hacer contigo las fieras o los bárbaros", añade.
Decisión sin precedentes en la región
La directora para las Américas de la ONG Human Rights Watch, Tamara Taraciuk, destacó lo graves e inusuales que son este tipo de medidas en la era contemporánea.
"Esta decisión no tiene precedentes en la historia reciente de América Latina —Augusto Pinochet, el sanguinario dictador de Chile, lo hizo con nueve personas— y debe ser recibida con una fuerte reacción por los líderes democráticos de la región", dijo Taraciuk en declaraciones a The New York Times.
Fernando Fernández señala que es posible que algunos de los problemas que sufrirán estos opositores nicaragüenses puedan aliviarse si se concreta la oferta del gobierno de España que, en un gesto de solidaridad, les ofreció su ciudadanía, aunque esto no subsana el menoscabo de derechos del que han sido víctimas.
"Esa propuesta del gobierno español lo que hace es mitigar la situación, pero en realidad no borra el crimen ni la injusticia ni la violación de derechos humanos fundamentales y no resuelve la situación de fondo. El irte de tu país en una situación tan dramática como es esta deportación ilegítima, supone un estrés psicológico y un sufrimiento emocional. Es un duelo muy severo", apunta.
El experto señala que el mundo se ha ido alejando de este tipo de castigo porque es considerado como desproporcionado.
"El derecho penal moderno busca la reinserción del individuo. Si tú condenas a perpetuidad a alguien al destierro ¿cómo y cuándo se reinsertará? Nunca.
"Por eso el derecho penal contemporáneo busca que las penas sean lo más breves posibles dentro de la necesidad histórica y jurídica de imponer una pena y que propendan a la reinserción social. Esa es la razón por la cual la condena a perpetuidad se revisa en todos los países donde existe a los 20 o 25 años", asegura.
"¿Dónde está la traición?"
Fernández también cuestiona que las autoridades nicaragüenses hayan ordenado el decomiso de los bienes de los opositores condenados.
"La confiscación de bienes está ligada a los crímenes más horrendos de la humanidad. Fue lo que hicieron Lenin, Stalin y los comunistas con las personas a las que consideraban burguesas y lo que hizo Hitler con los judíos. También es una pena antigua que ya no se aplica", afirma.
Indica que el derecho penal permite que haya penas patrimoniales, pero cuando hay delitos económicos.
"Si traficas con drogas y compraste una casa con el dinero proveniente del tráfico de droga, te confiscan la casa. Es una pena accesoria dependiente de la principal. Y es normal. Pero no aquí con temas como traición a la patria, que son temas absurdos porque Nicaragua no tiene una situación de guerra", dice Fernández.
"¿Cuándo hay traición a la patria? Cuando hay una declaración de guerra y combate formal entre dos naciones. Entonces, si tú le vendes información al enemigo o te unes al Ejército enemigo de tu país, eres traidor a la patria. Pero en esta situación ¿dónde está la traición?, ¿en que ellos utilizaron los medios de comunicación para hablar mal del Gobierno? Eso no es traición a la patria", apunta.
De acuerdo con las autoridades judiciales de Nicaragua, estas personas fueron condenadas por "cometer actos que menoscaban la independencia, la soberanía y la autodeterminación del pueblo; por incitar a la violencia, al terrorismo y a la desestabilización económica".
¿Delito de lesa humanidad?
En vista de lo ocurrido, Fernández cree que los opositores nicaragüenses pueden acudir a instancias internacionales.
"Esto viola de manera flagrante la propia Constitución nicaragüense, que establece en su artículo 20 la nacionalidad como un derecho, y viola la Convención Americana de Derechos Humanos que señala que toda persona tiene derecho a una nacionalidad y que no se puede privar a nadie arbitrariamente de ella", señala.
Sobre esa base, el experto considera que las personas afectadas podrían acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -incluso si Nicaragua ya no sigue en la OEA-, pero además cree que podrían hacer una comunicación a la Corte Penal internacional, pues considera que hay elementos para investigar la posible comisión de un crimen de lesa humanidad.
Explica que el Estatuto de Roma establece que los hechos que pueden configurar un crimen de lesa humanidad deben cometerse a través de un ataque sistemático contra una población civil.
"Aquí tenemos un ataque sistemático contra una población civil. Y dos de los crímenes previstos: la persecución y la deportación ilegítima de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos", concluye.
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