
IMSS
La Suprema Corte determinó que el IMSS debe otorgar pensión de viudez bajo la Ley 73 a concubinas que tuvieron hijos o acrediten convivencia con el asegurado, aun sin matrimonio, siempre que cumplan estos requisitos legales
La SCJN estableció que las concubinas tienen derecho a la pensión de viudez del IMSS si tuvieron hijos con el asegurado o convivieron con él, siempre que ambos estuvieran libres de matrimonio al momento del fallecimiento
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