Legisladores, no tengan miedo: ¡Eliminen el fuero!
“El fuero para el gran ladrón, la cárcel para el que roba un pan” Pablo Neruda
El fuero constitucional en un privilegio del que gozan nuestros legisladores, alcaldes, secretarios de estado y algunos miembros del Poder Judicial, que les impide ser reconvenidos por la simple manifestación de sus ideas, pero que en la vida diaria se ha convertido en una especie de manto protector contra todo tipo de tropelías, incluyendo delitos de todo tipo, sin necesidad de ser sancionados de inmediato, como ocurre con los ciudadanos de segunda, los cuales en el momento de cometer algún ilícito, debemos ser castigados sin miramiento alguno.
Para que un ciudadano con fuero pueda ser juzgado por las leyes terrenales, se requiere que exista un procedimiento llamado juicio político, en el cual el señalado presentará pruebas de descargo, las cuales en el remotísimo caso de que no fueran satisfactorias para quien lo juzga, daría oportunidad de que se le retirara el famoso fuero y entonces sí, comparecer a juicio como cualquier mortal. Este procedimiento de juicio político da la posibilidad, para aquellas criaturas de primera, de tener una especie de doble oportunidad de defenderse, o en muchos casos, de poder huir de la justicia mientras se llevan a cabo estos engorrosos procedimientos.
En la historia política reciente, son contados los casos en los cuales ha procedido algún juicio político que haya terminado con el desafuero de algún servidor público y mucho menos con su destitución o encarcelamiento, esto en virtud de que quien juzga al servidor público señalado, es generalmente algún amigo o compañero de partido, por lo que la consigna generalmente es no proceder en contra de la persona imputada.
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los diputados y los senadores podrán ser demandados civilmente, por opiniones ajenas a su labor legislativa y que extralimitan el “fuero” constitucional del que gozan. Desde 2010, el máximo órgano jurisdiccional del país decidió por primera vez que el fuero contenido en el artículo 61 de la Constitución, debe entenderse que se refiere a la inviolabilidad por las opiniones que realizan, pero sólo cuando las emitan en el desempeño de su cargo, esto es que la ley no los hace inmunes a ser sancionados igual que todos los ciudadanos por las conductas que tengan fuera de sus lugares de trabajo y en temas diversos al desempeño de sus funciones, sin embargo ahora falta que los diputados tengan pantalones y reformen la ley para evitar esa salida fácil a la impunidad gubernamental.
No es posible que, gracias al fuero constitucional, muchos hampones evadan la acción de la justicia y cuando finalmente son detenidos, ya han tenido suficiente tiempo para preparar las excusas y coartadas que los mantengan en libertad.
En varias campañas hemos escuchado a diferentes candidatos ofrecer la eliminación de este privilegio, pero nadie lo ha llevado a la práctica. Incluso el presidente López Obrador, ya promovió la reforma para que el Titular del Ejecutivo carezca de este manto protector, sin embargo, los demás funcionarios lo siguen teniendo y siguen cometiendo tropelías al amparo de esa absurda protección.
Ya es tiempo de que se cambie la ley. Ojalá que ahora no les tiemble la mano a los diputados y cumplan con la sociedad eliminando el fuero.
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